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Consultoría sobre relaciones de consumo

lunes, 29 de junio de 2015

Gracias CX.30 Radio Nacional por la entrevista sobre la Resolución de la Ursec ya que se podrán rescindir contratos de acceso a Internet y TV abonado

El Directorio de la Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones (Ursec) informó que los clientes podrán solicitar la rescisión unilateral de los contratos de acceso a Internet dentro de los 60 días corridos de vencido el plazo de la renovación automática
 El Directorio estableció que los contratos de acceso a Internet deberán ajustarse a la modificación realizada al artículo 31 de la ley 17.250 literal I) que establece como cláusula abusiva las cláusulas de “renovación automática del contrato sin que habilite al consumidor a desvincularse del mismo sin responsabilidad”.
Por lo tanto, se establece que “el consumidor podrá, dentro de los sesenta días corridos contados desde la fecha en que se produjo la renovación automática, rescindir o resolver el contrato, debiendo comunicarlo al proveedor con un preaviso de quince días corridos”.
Se prevé que si el operador no permitiera la rescisión unilateral en los términos planteados, el consumidor podrá presentar la denuncia ante Ursec, adjuntando el tipo de contrato y la solicitud de rescisión denegada o con costos que no correspondieran.
TV abonado
Los clientes de prestaciones de servicio de televisión para abonados podrán solicitar la rescisión unilateral de contratos luego de transcurrido un año de su firma.
Los contratos del servicio de comunicación audiovisual por suscripción o abonados deberán ajustarse a lo establecido por el inciso 2º del artículo 26 de la Ley N° 19.307 que establece que la contratación de servicios de comunicación audiovisual, así como su rescisión luego de cumplidos los plazos contractuales, es libre y no requerirá más cargos a las partes que los estipulados en el mismo contrato.
No se admitirán cargos por rescisión que dependan del plazo no ejecutado del contrato luego de haberse cumplido el primer año del contrato originario.
Al igual que el caso anterior, si el operador no admitiera la rescisión unilateral en los términos planteados, el consumidor podrá presentar la denuncia ante Ursec, agregando las características del contrato firmado y la solicitud de rescisión denegada o con costos que no correspondieran.