Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

lunes, 11 de agosto de 2008

Tarjetas de Créditos: No las descuides

No descuides tus Tarjetas de Crédito
Todos sabemos lo que es una tarjeta de crédito, y, donde cada instrumento contiene las identificaciones de la identidad emisora y del afiliado autorizado para emplearla, así también el período temporal durante el cual mantendrá su vigencia. Apareció en los comienzos del Siglo XX en los EEUU bajo la modalidad de tarjeta corporativa se informo sobre su forma mayoritaria sobre la década del 40 tomando difusión sobre la mitad del siglo.
Usted tiene derecho a:
Que en el crédito figure su nombre completo, su nombre de pila y el apellido de su cónyuge, o su nombre de pila y un apellido combinado
Si necesita tener una firma conjunta con alguien puede no ser su cónyuge , si alguien de su confianza
Mantener su propia cuenta
Saber el motivo por el cual su solicitud de crédito fue rechazada. El acreedor deberá explicarle los motivos específicos del rechazo, o decirle que usted tiene derecho a saberlos.
Tener cuentas conjuntas con su cónyuge, que sean reportadas con ambos nombres
Saber cuánto le costará el préstamo
Lo más probable es que usted haya recibido por correo ofertas de tarjetas de crédito “preaprobadas”. Examine cuidadosamente la letra pequeña antes de aceptar cualquier oferta de tarjeta de crédito o débito. Busque:
La tasa de interés anual . Si la tasa de interés fuera variable, ¿cómo se determinaría y cuándo podría variar?
La tasa periódica. Se trata de la tasa de interés utilizada para calcular los gastos de financiamiento sobre su saldo en cada período de facturación.
La cuota de membresía anual. Mientras que algunas tarjetas no cobran cuota anual, otras le cobrarán una cantidad cada año por ser titular de la tarjeta de crédito.
El período de gracia. Se trata de los días de los que usted dispone para pagar la cuenta, antes de que comiencen a correr los cargos de financiamiento. Sin dicho período, es posible que usted deba pagar intereses desde el día en que use la tarjeta, o desde el ingreso de la compra a su cuenta.
Los cargos de financiamiento. La mayoría de los prestamistas calculan los gastos de financiamiento utilizando el promedio del saldo de cuenta diario, es decir el promedio de lo que usted adeuda cada día durante todo el ciclo de facturación. Busque ofertas que hagan un ajuste al saldo y reduzcan su pago mensual de su saldo inicial. Este método generalmente tiene los cargos de financiamiento más bajos. Evite aquellas ofertas que utilicen el saldo previo para calcular lo que usted adeuda, ya que este método es el que tiene los cargos de financiamiento más altos. Tampoco olvide verificar si existe un cargo de financiamiento mínimo.
Otros cargos. Averigüe si se cobran cargos especiales por adelantos de efectivo, por pagos fuera de término o por sobrepasar el límite de crédito. Algunas compañías cobran un cargo mensual, independientemente de que usted use o no su tarjeta.
El robo de identidad es el uso fraudulento de la información personal de alguien, como su número de Seguro Social o fecha de nacimiento, para cometer fraude financiero. Los ladrones de identidad pueden dañar e incomodar a sus víctimas usando sus nombres y demás información personal para cometer delitos, abrir nuevas cuentas de crédito y obtener acceso a crédito y cuentas de banco existentes. Aunque las víctimas del robo de identidad no son consideradas responsables de los delitos, les cuesta mucho trabajo probar el fraude y limpiar el caos financiero causado por los delitos. El fraude de tarjeta de crédito ocurre cuando el consumidor le da el número de su tarjeta de crédito a un desconocido, cuando pierde o le roban las tarjetas, cuando el correo se desvía de su destinatario y se lo roba un delincuente, o cuando los empleados de una empresa hacen una reproducción de la tarjeta o del número de la tarjeta del cliente.
Proteja su información
Nunca apunte su número de identificación personal (PIN, siglas en inglés); memorícelo.
Nunca dé su PIN a nadie.
No escriba su número del PIN en su tarjeta.
No escriba el número de su cuenta de tarjeta de crédito en cualquier lugar
No guarde su número del PIN en el mismo lugar que su tarjeta de crédito o de cajero automático.
Nunca proporcione su número de tarjeta de crédito u otra información personal por teléfono, a menos que usted pueda verificar que está hablando con su institución financiera de confianza.
No le preste su tarjeta a nadie, porque usted es responsable por todos los cargos. Usted no estará protegido contra el uso desautorizado si los cargos los hace alguien a quien usted le dio la tarjeta a sabiendas y de buena gana, incluso familiares y amigos.
No le dé su número de cuenta a nadie que lo llame por teléfono o le envía un correo electrónico.
Su estado de cuenta
Revise bien el estado de cuenta el mismo día que llega.
Si tiene acceso al Internet, considere usar una tarjeta de crédito emitida por un banco que le permite obtener acceso a su cuenta en línea. Entre cada estado de cuenta podrá verificar los cargos desautorizados.
Informe inmediatamente al emisor de su tarjeta sobre todo cargo dudoso.
Si el estado de cuenta de la tarjeta no llegó en su debido momento, llame el emisor de la tarjeta sin demora.
Un estado de cuenta perdido podría indicar que fue robado. Llame a su emisor si usted no lo recibe en el momento usual. (Usted es responsable de pagar sus facturas haya recibido o no el estado de cuenta.)
Guarde los estados de cuenta y recibos anteriores en un lugar seguro y páselos por una desfibradora o rómpalos antes de desecharlos
Algunos consejos básicos
Firma tus tarjetas de crédito o débito, tan pronto las recibas, podría ayudarte a evitar un problema mayor en caso de que se extravíen.
Conserva en un lugar seguro un registro completo con la información de tus tarjetas, que incluya los números de las cuentas, las fechas de vencimiento y los nombres, direcciones y números de teléfono de cada compañía emisora te podría ayudar a actuar con rapidez en caso de tener un problema.
Siempre que pagues con alguna de tus tarjetas de crédito o débito, trata de no perderla de vista y recupérela tan pronto como sea posible.
Cuando te hagan un cobro incorrecto exige que le anulen los recibos de la transacción para que quede constancia del error.
Busca detenidamente cargos o transferencia de fondos que no hayas realizado o autorizado, así como cargos incorrectamente identificados o que muestren un monto o fecha equivocados en tus estados de cuenta.
Los expertos recomiendan conservar los comprobantes de compra para cotejarlos con su estado de cuenta cada mes y notificar inmediatamente cualquier cargo dudoso al emisor de la tarjeta, aconsejan las autoridades.
Si aprendes a cuidar de tus tarjetas de crédito, podrás evitar fraudes y proteger más a tu bolsillo.

Dra.Lic. Adriana Besso

miércoles, 6 de agosto de 2008

Ventas Telefónicas, Domiciliarias, por Correspondencia

Ventas Telefónicas, por internet, domiciliaria

El mundo actual plantea todos los días nuevos desafíos para los consumidores, entre ellos un tema de preocupación es el manejo que los productores de bienes y servicios llevan adelante con el apoyo de técnicas como el marketing y la publicidad inductiva para crearnos necesidades muchas veces triviales, y así incitarnos a adquirir los productos que ellos han decidido colocar en el mercado.
Y para ello se utilizan modalidades comerciales que se han ido extendiendo y sofisticando con el tiempo, que genéricamente reciben el nombre de "ventas domiciliarias", y se diferencian de otra operación normal porque no somos los consumidores de manera voluntaria los que vamos a adquirir el producto o el servicio al comercio sino que éste viene a nosotros sin pedirnos permiso, ni estar preparados para ello.
Y este sistema tiene distintas variantes, puede ser a través de compras directas donde un vendedor acude a nuestro hogar o lugar de trabajo o a la distancia, por correspondencia, por anuncio en TV, por Internet, por teléfono o publicidad gráfica.
Por ejemplo podemos citar el de una familia que se encuentra mirando TV, toma conocimiento de una serie de implementos de cocina que según el aviso publicitario son de gran calidad, que aparentemente se vende a bajo precio y también en cómodas cuotas, ante esto les parece interesante la oportunidad y sencillamente tomando el teléfono solicitan el envío de esa oferta.
También puede tratarse de un llamado telefónico, donde nos ofrecen un servicio de Internet con grandes ventajas para nuestros intereses y donde dando simplemente nuestra aceptación y siguiendo una corta rutina, quedamos suscripto al mismo.
Venta domiciliaria
Ej. en la casa de Juana y Pedro, toquen el timbre y le ofrezcan una aspiradora tubular de apariencia tentadora. Deciden comprarla. A los días la prueban y se dan cuenta de que no resulta cómoda y que prefieren la que tenían. Entonces se comunican con el vendedor y le informan que dejarán de lado la operación y que tiene que pasar a buscar el producto. Al vendedor sólo le queda recibirlo y devolver el dinero que le habían abonado.

Venta forzada
Ej Juan recibe en su casa una enciclopedia que no había pedido. Puede decidir quedarse con ella o restituirla. Tanto en un caso como en el otro, no debe pagar nada y, si se ha cobrado algo utilizando un sistema de débito, el vendedor debe devolverle el dinero.
O sea que, cuando recibimos un producto que nos quieren vender, y que no lo habíamos solicitado, y no lo queremos comprar, podemos optar por quedárnoslo o devolverlo y no tenemos que pagar nada. El vendedor en caso de devolución, deberá hacerse cargo de los gastos que ocasione esa devolución
Otro ejemplo, el Dr. Carlos R, padre de cuatro hijos, uno adolescente y los otros niños, al recibir la factura de teléfonos se encontró con un consumo poco habitual. Se puso a investigar y constató que le habían incluido servicios nuevos que proporcionaba la empresa, sin consultarlo. Había llamadas a servicios de horóscopo, del tiempo, de música y también de reunión con otra persona.
Nada de esto le habían comunicado y Carlos no lo quería. Indudablemente alguno de la casa había hecho uso de los mismos. Cuando se quejó a la compañía le contestaron que le cobraban, pero que el servicio lo ofrecía una empresa "ignota", y que como él no había manifestado el rechazo a ese sistema, se lo había reconocido como aceptado.
Esta es una venta forzada de un servicio, por lo que le cabe la aplicación de rechazo del mismo, sin tener que abonar nada y la empresa deberá restituirnos el dinero en caso de que hubiésemos abonado la factura.
La ley de Defensa del Consumidor es clara, precisa, sencilla y nos defiende de los abusos de los proveedores de bienes y servicios, estando reguladas en los casos particulares de ventas domiciliarias, por correspondencia
Protégete de las estafas telefónicas Los fraudes relacionados con el telemercadeo cuestan a los consumidores cerca de 40 mil millones de dólares al año, por lo que la Unión de Consumidores ha desarrollado una guía multilingüe para identificar y prevenir esas estafas
"Muchas personas no desean llamadas que no han solicitado y que interrumpen la comida o la paz de su hogar"."Las ventas telefónicas pueden ser una parte de la vida moderna, pero queremos que los consumidores sepan que pueden evitar los fraudes y también limitar el número de llamadas que reciben" La primera recomendación de la guía es no hacer ningún acuerdo telefónico con empresas que no conoce. Los estafadores son hábiles para la manipulación y se hacen pasar por profesionales, pero si se trata de un servicio, empresa o producto que desconoce, lo mejor es decir que no está interesado y colgar.
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Reconozca Cada llamada telefónica de ventas que recibe es una oportunidad de poner a prueba sus instintos: Hágase las siguientes preguntas – y si las respuestas le siembran alguna duda sobre las intenciones o métodos de la persona que lo llama, corte la llamada.
¿Quién llama – y por qué? Antes de hacer su ofrecimiento, los tele mercaderes deben decirle que se trata de una llamada de ventas, deben mencionar el nombre de la compañía y qué es lo que están vendiendo. Si no le dan esta información, diga “no, gracias” y corte la llamada.
¿Cuál es el apuro? Las personas que hablan rápido y utilizan tácticas de alta presión pueden estar escondiendo algo. Tómese su tiempo. La mayoría de los negocios legítimos le darán tiempo e información escrita sobre su ofrecimiento antes de pedirle que se comprometa a comprar algo.
Si es gratis ¿por qué me piden que pague? Sospeche si le dicen que es necesario que pague algo para recibir un premio o regalo. Gratis es gratis. Si tiene que pagar algo se trata de una compra y no de un premio ni de un regalo.
¿Por qué estoy “confirmando” o dando el número de mi cuenta? Algunas personas que llaman tienen su información de facturación antes de llamarlo. Están tratando de que usted diga “de acuerdo” o “okay” para poder decir que usted aprobó el cargo.
¿Quiero recibir más llamadas como ésta? Si usted no quiere que un negocio lo vuelva a llamar, dígalo. Si lo vuelven a llamar están violando la ley

Qué hay que observar:
A continuación hay algunas maneras en que los envejecientes caen víctimas de fraudes y se le dan ideas de como usted puede protegerse a sí mismo.
Telemercadeo
Uno de los esquemas fraudulentos de más rápido crecimiento en perjuicio de las personas mayores incluye el telemercadeo, por el cual el consumidor recibe ofertas no solicitadas vía telefónica. Estas "movidas" a menudo utilizan tácticas de venta que ejercen alta presión y ofertas que pueden parecer demasiado buenas para ser verdaderas.
Cuando le hagan alguna oferta por teléfono, recuerde:
- Nunca revele sus números de tarjeta de crédito, cuenta bancaria ni del seguro social.
- Haga preguntas detalladas y obtenga toda la información por escrito. Si un teleoperador no está en disposición de darle datos específicos, sospeche.
- Investigue a la compañía. Compruebe con sus oficinas si existen quejas en contra de un teleoperadores. Las instituciones caritativas legítimas están obligadas a registrarse.
- No se precipite en tomar una decisión.
Recuerde, ellos fueron quienes llamaron. No tenga pena de decir no, o colgarles el teléfono.
Bajo las nuevas regulaciones los teleoperadores, call centers deben:
- Revelar la clase de productos o servicios que venden, sus costos, y cualquier restricción de entrega que haya antes de pedir dinero a los consumidores.
- Decirle a los consumidores en cuestión que en las promociones de premios no es necesario comprar nada para ganar.
Las compras por teléfono son una de las ventajas de la vida moderna que muchos ancianos no quieren perder. Le da un plazo 5 días a los consumidores para cancelar la mayoría de las órdenes de venta por teléfono. Siempre averigüe cuales son las normas de cancelación de una compañía. Use una tarjeta de crédito en vez de efectivo. Y nunca compre nada si siente que le están presionando. Recuerde, cuando usted cuelga el teléfono, ahí terminó todo. Además para evitar presuntas estafas de falsos vendedores, los consumidores no deben entregar ningún dato personal vía telefónica. Si se desea adquirir un bien o servicio con tarjetas de crédito, débitos bancarios, u otro medio electrónico, primero deberá asegurarse de quien es su interlocutor, tomar los datos del vendedor y comprobar que pertenece realmente a la empresa que dice brindar el servicio.
Si los productos no son enviados en el plazo acordado o recibe algo distinto de lo que ordenó usted puede reclamar por el incumplimiento. Pero si decide darle más tiempo al vendedor o acepta quedarse con lo que le mandaron, no podrá reclamar posteriormente.
Examine cuidadosamente los productos al recibirlos, asegúrese de lo que le enviaron es lo que pidió y que no presenta defectos ni roturas. La Ley le da derecho a reclamar si los productos que reciben están fallados o rotos. Contáctese con el proveedor y con el organismo de defensa del consumidor o con nuestra consultoría.

martes, 5 de agosto de 2008

Conozca sus derechos

Conozca sus derechos
· Sus derechos como consumidor están amparados en la Constitución Nacional y por la Ley N° 17250 de Defensa del Consumidor. Conózcalos para hacerlos valer.
· Usted tiene derecho a una información veraz, completa y adecuada de los bienes y servicios que se ofrecen. Recuerde, la publicidad obliga al anunciante a cumplir con lo ofrecido.
· Compre en los comercios que exhiben sus precios, así podrá comparar y hacer la mejor elección.
· Solicite siempre las facturas de las compras que realiza. Las necesitará en caso de denuncia o reclamo.
· Al dejar una seña, solicite un recibo: también lo necesitará.
· Antes de firmar un contrato lea detenidamente todas sus cláusulas. No firme documentos que no entienda y/o con espacios en blanco.
· Pida varios presupuestos antes de contratar servicios de reparaciones, compare y elija la mejor propuesta.
· Solicite siempre comprobantes de las operaciones que realice, las necesitará en caso de denuncia o reclamo.
· Usted debe exigir que todo documento de venta contenga: la identificación del proveedor; la identificación del bien o del servicio; el plazo y las condiciones de la entrega, el precio y las condiciones de pago.
· Rechace los productos que no estén identificados correctamente, es decir, los que en su rótulo no tengan marca, origen, firma responsable, composición, cantidad, calidad, fecha de elaboración y vencimiento e instrucciones de uso.
· Si le ofrecen un plan de ahorro y le prometen la entrega inmediata de un bien o de dinero, sin sorteo ni licitación, desconfíe: ningún plan debidamente autorizado puede asegurar su entrega en esas condiciones.
· Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a informar por escrito sobre las condiciones del servicio que prestan.

Lic. Adriana Besso

miércoles, 23 de julio de 2008

Aumento de Precios

El alza de los precios ahoga las economías domésticas, pensemos en cuanto han subido los precios en este último tiempo y no les pasa que van al supermercado y prácticamente todos los días se encuentran con diferentes precios. Realmente esto es pésimo para las familias que viene agudizar ya casi de por sí delicada situación en la que muchas se encuentran. Los precios vienen subiendo de forma importante alentados sobre todo por el alza de los precios de los alimentos, pero sin dudas el precio de los combustibles ha acelerado la subida en los últimos meses. Nos debemos de preguntar ¿cuando fue que nos han aumentado tantas veces y consecutivamente el precio de los combustibles?. Y sumemos el alza de las nuevas tarifas de suministro lo que todo esto conlleva al negro panorama de las economías familiares.
La dirección Nacional de Comercio dice a la población que busque en la página web que precios, y, en que lugares se encuentra la canasta básica ahora yo me pregunto que todos los uruguayos entran a internet? y los que no, como podrán informarse entonces?
El precio significa una cosa para el consumidor y otra distinta para el vendedor. Para el consumidor implica el costo de algo, y , para el vendedor el precio es su ingreso, la principal fuente de utilidades. En el sentido más amplio, el precio asigna recursos en una economía de libre mercado. Los compradores, constantemente están haciendo evaluaciones de los precios en el mercado, comprando los productos existentes en cuanto a las diferentes variables de contenido, presentación, marca. Y el precio se convierte en un fuerte estimulante, de la venta directa de un bien y servicio, por lo que siempre deberá ser adecuado al mismo. Dígame UD ¿como consumidor cree que hoy es así?
Los constantes cambios económicos, los períodos de inflación, recesión, etc. provocan una mayor conciencia entre los consumidores a la hora de hacer una decisión de compra. Podemos ver que los consumidores ya están sintiendo en sus bolsillos el efecto de los altos precios, y, han cambiado sus hábitos a la hora de hacer las compras y preparar sus comidas. Vayamos a un ejemplo muy práctico y que todos utilizamos son los colchones les digo que los comercios que se dedican a su venta le están ganando un 100%, es decir, si les sale 5 a ellos nos lo venden a 10, entonces cumple realmente su función la Dirección Gral. de Comercio y con ello Defensa del Consumidor perteneciente al Estado.
Lo mismo que la canasta básica de alimentos demos una definición de ella por la CEPAL y contiene los requerimientos calóricos mínimos para asegurar la subsistencia del individuo. Si el ingreso per cápita mensual del hogar no alcanza a cubrir el costo de una canasta alimentaria, entonces las personas que componen ese hogar se consideran indigentes. Mientras que la línea de pobreza se obtiene doblando el valor de una canasta mínima en el caso urbano. PRECIO. El valor de la línea de pobreza resulta de la multiplicación del valor de la canasta básica de alimentos por un coeficiente estipulado por el Instituto Nacional de Estadística que determina el ingreso mínimo que tiene que tener una persona no sólo para sobrevivir sino para solventar gastos básicos no alimentarios vinculados a la vestimenta y servicios. La canasta básica sólo incluye el precio de los alimentos mínimos necesarios para sobrevivir al mes. Si bien puede ser que en un hogar haya personas sin ingresos, la medición del INE toma en cuenta que si el total de dinero que reciben lo dividen entre los integrantes de la familia el mínimo por cada uno para no ser indigente es determinado monto. En un contexto de inflación alta, el hecho de que el valor de la canasta básica de alimentos se multiplique para obtener el valor sobre el cual la persona deja de ser pobre hace que el resultado se potencie. La canasta básica que toma el INE para medir el nivel de pobreza e indigencia en Montevideo contiene 43,7 kilos distribuidos en panes, harina, arroz, pastas, carnes y derivados, pescados y mariscos, lácteos, huevos, aceites, verduras, legumbres, tubérculos y frutas, azúcar, café, té, yerba y cacao, bebidas no alcohólicas y otros alimentos como mermeladas. La canasta que se releva para el resto del país urbano contiene los mismos ingredientes sólo que en una proporción menor con un total de 39,62 kilos. Tanto en la referencia para Montevideo como para la del Interior el componente de verduras representa el 29% del total de la canasta en kilos. En los últimos 12 meses los valores de los alimentos crecieron un 18%. Lo que podemos ver es que los uruguayos cada vez compran menos productos vinculados a las necesidades básicas debería este gobierno detener el alza de los productos claves para el consumo porque lo único que se esta generando es más pobreza, y, ¿donde queda la forma digna de vida? La canasta básica está muy elevada, todo ha subido y el ingreso se mantiene igual, el costo de vida ha aumentado significativamente. Porque a todos nos afecta ya que todos somos consumidores.

viernes, 11 de julio de 2008

Protección a la salud y seguridad

Derechos de los Consumidores y Usuarios: Protección de la salud y seguridad
Estos derechos gozan de una defensa prioritaria y son irrenunciables.
¿Qué implica que sean irrenunciables?Ningún vendedor puede imponernos que renunciemos a los derechos a la salud, seguridad, información, reparación de daños... Imagínese que usted compra una crema adelgazante que se hace con una fórmula milagrosa y el vendedor le obliga a que firme un pedido renunciando a su derecho a saber qué composición tiene y comunicándole que no se responsabiliza de los perjuicios que pueda causarle a su salud etc. Aunque usted firme ese pedido no pierde sus derechos porque los mismos son irrenunciables.
Consumidor o usuario: es toda persona natural o jurídica que adquiera, utilice o disfrute como destinatario final, bienes y servicios de cualquier naturaleza.
Protección al consumidor: Son las acciones dirigidas a tutelar los intereses económicos y sociales de los consumidores en sus relaciones con los proveedores de bienes o servicios.
Los alimentos, los productos alimentarios y todos aquellos productos, materias utensilios que entran en contacto con los alimentos han de reunir unas condiciones mínimas de seguridad que los hagan aptos para el consumo humano. En este sentido existe una relación directa entre alimentación y el aspecto más fundamental de la seguridad del consumidor: su salud ¿cómo se protege la salud de los consumidores? Las normas relativas a las distintos productos alimenticios y alimentarios, así como las que afectan a los diferentes procesos productivos, distribución, manipulación, transporte y comercialización, deben tener como objeto prioritario la protección ala salud de los consumidores. A razón de elloningún producto, actividad o servicio puesto en el mercado tendrá riesgo para la salud o seguridad del consumidor o usuario y en caso de que haya artículos que sin ser peligrosos puedan no ser recomendables para algunos usuarios es obligatorio informar en el etiquetado de los riesgos, consecuencias y cómo evitarlos. Los derechos de los consumidores y usuarios respecto alimentos, deben ser objeto de protección prioritaria por su consideración legal de productos de uso o consumo común, ordinario y generalizado. Los derechos a la protección de la salud, seguridad, y los legítimos intereses económicos de los consumidores deben ser garantizados por los poderes públicos mediante procedimientos eficaces. Su comercialización y consumo está permitida siempre y cuando se cumplimente el deber general de no lesionar ni poner en peligro la salud y seguridad de los consumidores. En las transacciones comerciales se exige honestidad y no se permite ni fraude ni las falsificaciones de alimentos. La información de los productos debe ser veraz, eficaz y suficiente en relación a sus características esenciales. En ningún caso la publicidad realizada de los productos alimenticios puede ser falsa, errónea o tendenciosa. En la actualidad, el consumidor tiene derecho a reclamar resarcirse de los daños si resulta perjudicado por una información incorrecta en cuanto a la forma de preparación, conservación, manipulación, composición o advertencias sobre determinados riesgos del producto alimenticio que se haya consumido Desde esta perspectiva el concepto es estrictamente jurídico, definible desde parámetros jurídicos y enjuiciable desde criterios jurídicos, judiciales o administrativos. El consumidor puede exigir del productor, distribuidor y comerciante toda una serie de obligaciones que inciden de manera directa sobre la seguridad del producto y el derecho a la salud. Entre ellas, que únicamente pongan a disposición del consumidor productos seguros, informar de los riesgos derivados, adoptar medidas en caso de riesgos para el consumo, establecer instrucciones, advertencias e indicaciones sobre los riesgos previsibles (por ejemplo: aquellos casos que determinados alimentos presenten algún tipo de alergia, contraindicación o problemática para sectores específicos de consumidores), identificar productos, realizar pruebas de muestreo entre productos comercializados, vigilar y controlar la seguridad de los productos comercializados o adoptar medidas adecuadas para evitar riesgos derivados de los productos. El derecho fundamental del consumidor a la protección de la salud y de su seguridad está íntimamente relacionado con el derecho a la información. Sin embargo este debe tener la capacidad suficiente para determinar si un producto cumple o no con la normativa que le afecta, esto requiere un esfuerzo del consumidor en su aproximación a leyes, reglamentos de elaboración y comercialización de productos así podrá determinar entre otros aspectos como han de ser etiquetados, requisitos de conservación que deben respetar, materia prima para todo esto la información y formación del consumidor son aspectos básicos en la protección de sus derechos. Porque no hay norma más ineficaz que aquella que no se conoce, ni derecho más injusto que no se ejerce.

Dra. Lic. Adriana Besso

martes, 24 de junio de 2008

Publicidad Engañosa

Los mensajes con que entidades financieras bombardean al consumidor resulta complejo y más agresivo. Incidencia de la publicidad comercial sobre los hábitos de conducta económica de los consumidores y usuarios. La publicidad diseñada desde las grandes empresas y lanzada de forma masiva y a través de los medios de comunicación más influyentes, tiene la capacidad de construir mensajes que se insertan en el inconsciente colectivo llegando a conformar recuerdos, hábitos e incluso formas de hablar
y pensar. No es de extrañar así su influencia decisiva en la contratación de productos y servicios, en realidad su objetivo único y aliado fiel. Este aspecto se pone especialmente de relieve con relación a la contratación
en un ámbito tan complejo como el sector financiero. Hasta hace bien poco, los productos financieros para un consumidor medio constituían un número casi cerrado de ofertas: hipotecas a tipo fijo o variable; depósitos; fondos de inversión en renta fija, variable o mixta y poco más. La llegada de las nuevas tecnologías, la apertura a mercados globales y la fecunda inventiva de las entidades financieras han provocado un alto grado de complejidad de estos productos. A raíz de los escándalos financieros que han sacudido nuestro país, parece evidente que uno de los aspectos que exigen de forma inmediata una reordenación del elenco de garantías para el consumidor es el de la publicidad financiera. El índice de bancarización de nuestra sociedad; los nuevos y sensibles segmentos sociales puestos en el punto de mira de la banca; las nuevas tecnologías y la dejadez de las políticas públicas en materias como vivienda y sanidad, que dejan en brazos de préstamos hipotecarios o seguros, las necesidades básicas de los ciudadanos, exige un análisis crítico de los derechos actuales del consumidor en materia publicitaria financiaria de cara a afrontar los retos pendientes. El ámbito legal, el término “publicidad" abarca todas las formas de comunicación destinadas a promover productos y servicios realizadas en el marco de una actividad industrial comercial o artesanal o en el ejercicio liberal de la profesión. Es decir no solo los anuncios convencionales (TV, radio o prensa) sino también cualquier información ofrecida por otros medios y formatos como mails, móviles, carteles. En esta sociedad de consumo que nos movemos la publicidad es una poderosa herramienta que hace pensar a los consumidores que necesita productos o servicios de los cuales podrían en realidad prescindir. Es tal la influencia que puede llegar a ejercer sobre la capacidad de elección del consumidor que está sometida a una amplia regulación, movida siempre por el teórico objetivo de la defensa del consumidor… aunque no siempre se cumple.
En esta sociedad de consumo en la que nos movemos la publicidad es una poderosa herramienta que ofrece al consumidor la idea de de despreocupación de los plazos, idea de comodidad, de un dinero rápido y Fácil, pero esto nunca es tan sencillo como quieren hacer parecer. En muchas ocasiones las entidades financieras se aprovechan de la forma no racional de la publicidad, esa que apela a los sentimientos y sensaciones que "obligan" a comprar apelando a la despreocupación (“ya pagará...”). En definitiva, se está tendiendo irresponsablemente a endeudar a la gente llevándola a contratar productos que realmente no necesita. De todas maneras, existen mecanismos de protección, pues si lo anunciado no se ajusta a la realidad se generan unas expectativas que finalmente se ven frustradas, y ante esto el consumidor afectado puede intentar hacer valer sus derechos.
¿INFORMA LA PUBLICIDAD? Una de las principales funciones de la publicidad es inducir al consumidor a contratar y además, ofrecer información al receptor al que va dirigida. Puede darse el caso de que estas aspiraciones propuestas por la publicidad no se vean satisfechas, debiéndose proteger por Ley los intereses de los que se encuentran en una situación de desprotección, exigiendo por ley unos mínimos que toda comunicación comercial debe incluir .Se considera engañosa la publicidad que de cualquier manera (incluso a través de su presentación)
induce o puede inducir a error a sus destinatarios, y también la que omita datos fundamentales que puedan llevar a ese error. Tenemos por su parte, la publicidad de los productos, actividades o servicios debe ajustarse a sus características y finalidad. El contenido de esa publicidad, así como las condiciones y garantías que ofrezca serán exigibles por los consumidores y usuarios, aunque no se refleje aquellas.
“Veraz, Eficaz Y Suficiente”

Lic.Dra. Adriana Besso

domingo, 15 de junio de 2008

Medio Ambiente

Actualmente el medio ambiente y el consumo sustentable son temáticas que han adquirido una importancia vital en América Latina, y los ciudadanos en su carácter de consumidores no solo deben exigir el derecho a vivir en un medio ambiente sano y saludable, sino también asumir las responsabilidades que les corresponden para evitar que el consumo presente comprometa las opciones de las generaciones futuras.
El interés humano dirigido al medio ambiente guarde una característica, la de bien jurídicamente protegido,
¿Qué se entiende por bien jurídicamente protegido? En sentido amplio, es cualquier objeto de satisfacción, y el interés jurídico es un poder de actuar –reconocido por la ley- hacia el objeto de satisfacción (interés legítimo) que forma el sustrato del derecho subjetivo. Ahora bien, al hablar de los intereses ambientales cabe consignar que los mismos son de naturaleza difusa, es decir pertenecen en forma idéntica a una pluralidad de sujetos ligados en virtud de la pretensión de goce por parte de cada uno de ellos, de la misma prerrogativa. El daño ambiental, especie del "daño injusto", consistirá en una agresión directa al ambiente, provocando una lesión indirecta a las personas o cosas por una alteración del ambiente, o en lo que denominamos impacto ambiental, que consiste en la afectación mediata de la calidad de vida de quienes habitamos el planeta. Por ej: los locales de supergas al lado de las casas habitadas con sus escapes, los lugares de trabajo contaminados, tóxicos. El rol del Estado en la tutela ecológica resulta innato. No obstante ello, la acción de los particulares – a través de modernas herramientas jurídicas – se transformó en un hace unos años impensado mecanismo de control social sobre la actividad del agente contaminante por excelencia, la empresa. Entre dichos medios, nos centraremos en el sistema de la responsabilidad civil por contaminación, que ha de convertirse, de hecho, en un surgente instrumento de presión preventiva, contra actividades nocivas a la población. El tema del cuidado del medio ambiente, entonces, es una obligación para la empresa (no solo por razones éticas, sino porque puede sufrir una condena penal, además de las responsabilidades patrimoniales y administrativas) y también para las autoridades. No obstante la importancia económica de tales industrias, por volumen de negocios y por absorción de mano de obra, y los efectos sociales que ellas producen, siempre resulta conveniente, justo y necesario proceder a un estricto control ambiental a efectos de prevenir cualquier tipo de catástrofe. En materia ambiental debemos prevenir la producción de los daños y no estar detrás de los mismos, porque aunque los alcanzáramos, lo más probable sería que nunca pudiéramos arreglar el desastre producido con o sin intención. Cada persona sabe que tiene el deber individual de no dañar, y el deber social de no producir daños, concepto este caro a una forma de vida, en la que los valores de la solidaridad y el desarrollo sostenible deberán reemplazar a aquellas variables que llevaron al Planeta a un estado terminal, del que debemos rescatarlo con unidad de criterio y asumiendo como compromiso - tácito y/o expreso - de seguridad y resultado el deber de no causar daños ambientales como producto de las acciones u omisiones convencionales. El ambiente no es sólo naturaleza sino que es el hábitat del hombre formado por naturaleza, cultura, información y comunicación. El Estado debe incluir el tema del medio ambiente como una obligación indelegable, al igual que la salud y la justicia, dentro de la educación influyendo en la conciencia ecológica a través de programas educativos y orientadores, para lograr la toma de conciencia de la ciudadanía, junto a las ONG´S y con una redefinición del rol de las empresas. La Comisión sobre el Desarrollo En 1999 Sostenible de Naciones Unidas aprobó la ampliación de las Directrices para la Protección del Consumidor de manera que incluyeran directrices sobre modalidades de consumo sostenible, estableciendo mecanismos de protección al consumidor y los derechos y deberes que éste tiene frente a la actual situación de deterioro ambiental. Así en el punto III, letra G, párrafo 43, de las Directrices se lee “... Corresponde a los consumidores informados una función esencial en la promoción de modalidades de consumo que pueden sustentarse desde el punto de vista económico, social y ambiental, incluso influyendo en los productores con sus decisiones. ... Las organizaciones ... de consumidores tienen la responsabilidad de promover la participación y el debate públicos en lo que respecta al consumo sostenible, informar a los consumidores y trabajar con los gobiernos y las empresas con miras a promover modalidades sostenibles de consumo.” Además, un importante objetivo buscado en las actividades del movimiento de consumidores es la incorporación de la temática de la Responsabilidad Social Empresaria, dirigida a promover el comportamiento ético de las empresas en ámbitos sociales y medioambientales.
La vida es justa. Ella sólo nos brinda lo que realmente merecemos.En ocasiones llegamos a ser demasiado complacientes y permitimos que los demás pasen por encima de nuestros más elementales derechos. Otras veces nos falta el coraje para decir "No" cuando es nuestra obligación pronunciar esa palabra, para evitarnos futuros males .Pecamos por descuido, por ignorancia o por omisión y luego sufrimos las consecuencias de nuestros actos. La ley de la "compensación" es sagrada...Se cumple inexorablemente. Ella nos otorga lo que realmente nos merecemos .Cuando pensemos acerca de esto, miremos hacia atrás y conscientemente evaluemos la responsabilidad que nos toca en relación con las circunstancia que en la actualidad estamos afrontando. Nuestro destino será lo que nosotros mismos deseamos que sea. Nada está escrito, nada está premeditado. Todo es producto de nuestras propias acciones y siempre estamos en capacidad de cambiar las circunstancias que nos rodean. Si no lo hacemos, entonces estamos muertos en vida, porque solamente podemos probar que estamos realmente vivos cuando estamos produciendo los cambios que necesitamos para facilitar el proceso armónico de nuestra existencia. 5 de junio día mundial del medio ambiente El mensaje del Día Mundial del Medio Ambiente 2008 es que todos somos parte de la solución. A nivel de individuos, organizaciones, empresas o gobiernos, se puede hacer mucho para reducir la huella de carbono. Este es un mensaje que todos debemos hacer nuestro.

Dra. Lic. Adriana Besso