Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

miércoles, 10 de diciembre de 2014

jueves, 27 de noviembre de 2014

Conozca sus derechos en el mercado de los alimentos

Conozca sus derechos en el mercado de los alimentos

  • No olvide que como consumidor/a en el mercado de los alimentos usted tiene los siguientes derechos:
  • Exija que los precios estén a la vista de los consumidores y que se respeten al pasar por los respectivos lectores de precios, de lo contrario, reclame sus derechos de consumidor.
  • Es obligatorio que los proveedores indiquen la cantidad o porcentaje de los ingredientes descritos en el nombre o denominación del producto (como “crema de espárragos) o en imágenes o palabras (como “con pera”) o esencial para distinguirlo o definirlo (por ejemplo, el porcentaje de carne en los pimientos rellenos de carne).
  • Los proveedores deben asegurar un consumo seguro y sin riesgo para la salud del consumidor de los productos alimenticios que ofertan.
  • Los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos deberán informar en sus envases o etiquetas los  ingredientes que contienen, incluyendo todos sus aditivos expresados en orden decreciente de proporciones, y su información nutricional, expresada en composición porcentual, unidad de peso o bajo la nomenclatura que indiquen los reglamentos vigentes.
  • La información de las etiquetas debe ser visible y de fácil comprensión por la población. Y deberá contemplar, al menos, los contenidos de energía, azúcares, sodio, grasas saturadas y los demás que el Ministerio de Salud determine.
  • La forma, tamaño, colores, proporción, características y contenido de las etiquetas y rótulos nutricionales debe regirse por el Reglamento Sanitario de los Alimentos vigente.
  • Se deberá rotular como “alto en calorías”, “alto en sal” o con otra denominación equivalente, según corresponda y lo establezca el Ministerio de Salud, a los alimentos que, por unidad de peso o volumen, o por porción de consumo, presenten en su composición nutricional elevados contenidos de calorías, grasas, azúcares, sal u otros ingredientes que el reglamento determine.

¿Qué me deben informar al solicitar un crédito?

¿Qué me deben informar al solicitar un crédito?
Toda operación de consumo en que se conceda un crédito directo al consumidor debe contener:
El costo total del producto o servicio, lo que comprende conocer la carga anual equivalente o CAE.

El precio al contado del bien o servicio de que se trate.

La tasa de interés del crédito.

El monto de los siguientes importes distintos a la tasa de interés:
Impuestos correspondientes a la operación de crédito.
Gastos notariales.
Gastos inherentes al bien recibido en garantía.
Seguros expresamente aceptados por el consumidor.
Cualquier otro importe permitido por ley.

Las alternativas de monto y número de pagos a efectuar y su periodicidad.

El monto total a pagar por el consumidor en cada alternativa del crédito.

La tasa de interés moratorio en caso de incumplimiento y el sistema de cálculo de los gastos que genere la cobranza extrajudicial de créditos impagos.

viernes, 21 de noviembre de 2014


jueves, 6 de noviembre de 2014

¿Qué son los contratos de adhesión y cómo deben redactarse?cláusulas abusivas en los contratos de adhesión

Son los contratos en que las cláusulas o condiciones son establecidas por el proveedor, sin la intervención del consumidor.
Deben redactarse en español, de manera clara y con letra que facilite su lectura.


¿Cuáles son consideradas cláusulas abusivas en los contratos de adhesión?
Es abusiva toda cláusula que claramente provoque desequilibrio entre los derechos y obligaciones en perjuicio del consumidor, así como la que viole la obligación de actuar de buena fe. Entre otras:
Las que exoneran o limitan la responsabilidad del proveedor por los defectos o deficiencias de los productos o servicios, salvo causas justificadas.
Las que supongan la renuncia de los derechos del consumidor.
Las que autoricen al proveedor a modificar las condiciones del contrato.
Las que autoricen sólo al proveedor dejar sin efecto el contrato.
Las que consideren el silencio del consumidor como aceptación de cualquier modificación del contrato.
Las que establezcan la renovación automática del contrato, sin opción a que el consumidor se desvincule. El consumidor podrá dentro de los 60 días corridos desde la renovación poner fin al contrato, avisando al proveedor con 15 días corridos de antelación.

lunes, 3 de noviembre de 2014

Qué se entiende por seguridad alimentaria


El concepto seguridad alimentaria hace referencia al acceso a alimentos inocuos y nutritivos para los consumidores en todo momento.
Cuando se habla de seguridad alimentaria se hace referencia al uso de distintos recursos y estrategias para asegurar que todos los alimentos sean seguros para el consumo. Pero la definición de seguridad alimentaria ha evolucionado con el tiempo. Autosuficiencia, acceso a alimentos y nutrición han sido términos que se han ido asociando a ella con los años. En la actualidad, el concepto se sustenta en cuatro fundamentos: disponibilidad, estabilidad, acceso y uso. El artículo detalla en qué se basan estos pilares y cuántas enfermedades alimentarias se calcula que hay en todo el mundo.
El cambio producido en los últimos años en los sistemas de producción o la globalización han influenciado de manera decisiva en la seguridad alimentaria. Desde hace años, términos como seguridad y calidad son cada vez más reconocidos, aceptados y exigidos por el consumidor, lo que ha obligado también a hacer frente a nuevos retos y desafíos para prevenir riesgos alimentarios. La seguridad alimentaria, tal y como se conoce hoy en día, se ocupa sobre todo de que los alimentos no supongan un riesgo para la salud y que sean saludables. Para ello, es importante que estas dos premisas se cumplan desde el primer momento de la producción y en toda la cadena alimentaria.

Los cuatro fundamentos de la seguridad alimentaria

En 1996, con motivo de la Cumbre Mundial de Alimentación, se consideró que la "seguridad alimentaria se consigue cuando las personas tienen, en todo momento, acceso físico y económico a alimentos seguros y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias con el fin de llevar una vida activa y sana". De acuerdo con los conceptos que aporta la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el término de seguridad alimentaria engloba cuatro acepciones básicas:

1. Disponibilidad física de los alimentos para todo el mundo, que depende del nivel de producción y de las existencias.
2. Acceso a los alimentos que garantiza el diseño de políticas destinadas a alcanzar los objetivos de seguridad alimentaria.
3. Uso de alimentos, es decir, la manera en que el cuerpo aprovecha los distintos nutrientes de los alimentos.
4. Estabilidad del acceso a alimentos, esto es, que la disponibilidad a los alimentos seguros sea periódica, no puntual. En este caso se habla de riesgo nutricional. En este campo influyen las condiciones climáticas o factores económicos.
Pero la seguridad alimentaria no es la misma en los distintos países del mundo. Si bien en los desarrollados los principales problemas se relacionan con deficiencias en la producción, manipulación o conservación, en los que se encuentran en vías de desarrollo se vinculan con el acceso a agua potable, dietas pobres o escasez de alimentos.

200 enfermedades de transmisión alimentaria

En todo el mundo se propagan más de 200 enfermedades a través de los alimentos, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), y millones de personas enferman al año a consecuencia de brotes transmitidos por alimentos. De acuerdo con los datos que aporta esta organización, "las enfermedades diarreicas matan a unos 1,5 millones de niños cada año, y la mayoría se atribuyen a alimentos o agua contaminados". Los principales problemas de seguridad alimentaria en todo el mundo incluyen, según la OMS, los riesgos microbiológicos (bacterias como Salmonella o E. coli) y los contaminantes químicos de alimentos.

Aunque los controles, normativas y sistemas de seguridad alimentaria que se han implantado en la mayoría de los países para garantizar el acceso a alimentos inocuos son numerosos, debe hacerse frente a nuevos retos y problemas, provocados sobre todo por la globalización de los mercados, que conlleva a que la disponibilidad de alimentos seguros sea cada vez más una ardua tarea. En el ámbito internacional, tanto la OMS como la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) se encargan de que esto sea posible con la supervisión y asesoramiento de los controles que se aplican en cada una de las etapas de producción.

Datos de la OMS indican que un 75% de las nuevas enfermedades infecciosas en personas detectadas en los últimos 10 años las "causaron bacterias, virus y otros patógenos iniciados en los animales y productos de origen animal".

El riesgo alimentario

Aunque en la actualidad los niveles de control y la cadena alimentaria europea son muy seguros, cuando se habla de seguridad alimentaria hay que tener muy en cuenta una premisa fundamental: el riesgo cero no existe. En 2006, los resultados de una encuesta del Eurobarómetro revelaba que los consumidores europeos asociaban la comida más a un "placer y gusto" que a un "riesgo alimentario". Los sistemas de control, como el Análisis del Riesgo y Puntos de Control Críticos (APPCC), así como las medidas preventivas o de control, son pilares fundamentales para reducir el riesgo y garantizar la seguridad.

sábado, 18 de octubre de 2014

Respecto derechos de los consumidores y las ferias Aspectos más resaltantes del Reglamento de Ferias

ART. 4°.- … A los efectos de las adjudicaciones en las ferias de lugares vacíos; de metrajes de puestos; y de cambios de ferias, se creará un Registro de Aspirantes en el Area de Defensa del Consumidor. Las solicitudes se llevarán por cada feria, y se adjudicarán de acuerdo al orden de su solicitud e inscripción en el Registro …
REQUISITOS
ART. 5°.- …
los aspirantes que se inscriban deberá ser mayores de edad, o menores casados o emancipados legalmente.
al ser adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
carné de salud expedido por institución habilitada a esos efectos.
contraste de balanza realizado por la autoridad pública competente.
certificado de buena conducta expedido por el Ministerio del Interior.
tres fotos tipo carné.
cédula de identidad vigente.
constancia de estar inscripto en los organismos de seguridad social e impositivos que correspondieren, según la categoría de feriante.
en el caso de productores, deberán presentar el justificativo que lo acredita como tal.
los puestos de venta de pescado, chacinados y productos de granja deberán presentar las correspondientes habilitaciones para el móvil de ventas.
CARÁCTER DEL PERMISO
ART. 7º.- Los permisos que se otorguen serán de carácter precario y revocables en cualquier momento por razones fundadas o por incumplimiento del presente Reglamento, y sólo podrán cederse en los casos expresamente previstos por este Reglamento.
TRASPASO DE PERMISOS
ART. 9º.- Los permisos solamente podrán cederse por razones justificadas al cónyuge o concubino notorio, y familiares hasta segundo grado de consanguinidad, previa autorización de la autoridad competente. … En caso de fallecimiento del titular, los interesados dispondrán de un plazo de 30 (treinta) días corridos para reclamar su derechos sobre el mismo.
CLASES DE PERMISOS
ART. 13º.- Se otorgarán permisos a: 1) feriantes; 2) productores; 3) feriantes con incapacidad física; 4) vendedores ambulantes; y 5) artesanos que comercialicen productos alimenticios artesanales, de conformidad al presente Reglamento.
ART. 23º.– Ningún feriante o sus dependientes podrán permanecer en la feria, luego de transcurridas dos horas posteriores a la finalización de la feria…
ART. 24º.- En las ferias alimentarias se podrán comercializar los siguientes rubros de productos que se asignarán en los permisos respectivos:
productos hortifrutícolas frescos y/o secos, en su estado natural.
productos porcinos y sus derivados; aves y sus derivados cárnicos; y quesos feteados.
productos de granja y sus derivados enlatados o envasados no cárnicos; productos panificados envasados; pastas secas y frescas.
productos del mar y sus derivados.
plantas y flores.
ART. 25º.- Los puestos de los feriantes tendrán en su frente una pantalla con el número de registro, la misma deberá ser esmaltada en fondo blanco con números rojos …
DE LOS PRECIOS
ART. 29º.- Todos los productos o mercaderías que se expenden en las ferias deberán tener los precios a la vista del público …
ART. 34º.- … El feriante y el vendedor ayudante deberá tener en su poder el carné de feriante o vendedor ayudante expedido por el Area de Defensa del Consumidor …
ART. 35º.- El feriante o en su caso el vendedor ayudante, deberá estar presente en su puesto durante todo el horario de la feria. …
ART. 36º.- El feriante, cualquiera fuera su categoría, podrá tener un único vendedor ayudante para actuar en su nombre y representación exclusivamente en las ferias que tiene asignadas, a cuyos efectos deberá estar incluido en la Planilla de Trabajo de su empresa, y deberá inscribirlo como tal ante el Area de Defensa del Consumidor, quién le suministrará un carné que le permita acreditar su condición ante las autoridades del Area.
ART. 44º.- Se prohibe el voceo de la mercadería que se tiene para la venta.
PERIFERIANTES
ART. 51º.- Los vendedores de cualquier artículo o mercadería que no tengan permiso concedido por esta Dirección, deberán instalarse a 100 mts. del principio y/o final de la feria. …
51.1. - A tales efectos, el Area de Defensa del Consumidor mantendrá … dentro del espacio de las ferias los metros libres de puestos que sean necesarios, al principio y/o al final de la misma, con el fin de que el público pueda identificar los límites de la feria alimentaria.