Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor
Consultoría sobre relaciones de consumo
miércoles, 22 de mayo de 2013
Cuidado con exceso de deudas!!!!
Todos alguna vez hemos escuchado la advertencia de parte de nuestros padres, amigos o una persona que ya ha pasado por la experiencia: ¡cuidado con las deudas!
Si bien este consejo es común, casi nunca lo tomamos en cuenta, por lo que muchas personas terminan enfrentando una difícil batalla contra las deudas de todo tipo.
Pero no sólo los jóvenes demuestran poca responsabilidad en lo que a crédito respecta, miles de personas viven sumergidas en deudas, de manera tal que con frecuencia sus pagos mensuales se dedican a los cargos por financiamiento o interés.
En esta situación, la restauración de un mal crédito podría parecer imposible, pero no es así, es difícil pero no imposible, sólo es cuestión de tener control en las finanzas personales.
El aspecto con el que la mayoría experimenta problemas a la hora de restaurar un crédito es con lograr un cambio de los hábitos de compras. Inclusive si ya se ha liberado de las deudas, se sigue teniendo la tentación de volverse a endeudar, a pesar de saber bien la dificultad que tuvo para pagar esas deudas.
Consejos
Para quienes deseen restaurar su crédito y no tropezar dos veces con la misma piedra, le recomendamos:
La mejor forma de hacerlo es relacionando las deudas, las cuentas que se deben pagar mensualmente (renta, hipoteca, impuestos) y otros gastos mensuales, comparándolos luego con los ingresos de cada mes.
La comparación puede ser para asustarse; pero también es para tranquilizarse, pues muestra claramente hasta dónde es posible hacer gastos innecesarios cada mes.
Una vez determinado cuánto debes y cuánto ganas, puedes elaborar el presupuesto correspondiente. Asegúrate de que el mismo sea realista, pues la repartición excesiva no sólo te hará sentir en la miseria, sino que también dejará poco espacio para reaccionar en caso de emergencia.
Si tiene ahorros sustanciales, pero también una deuda sustancial, utiliza los primeros para pagar lo más que puedas de la segunda.
Las deudas traen consigo altas tasas de interés, más que las aplicables a las que podrían ganar tus ahorros en el banco. Eso quiere decir que cada día que pase la deuda será mayor, mientras que los ahorros sólo experimentarán un incremento marginal en la cuenta bancaria.
sábado, 6 de abril de 2013
Se clasifican los CREDITOS
El crédito es un mecanismo que en la mayoría de los casos se utiliza para complementar un ahorro y nos facilita la adquisición de bienes de consumo duradero como una casa o departamento, un automóvil o muebles.
Sin embargo, antes de recurrir a esta instancia es necesario hacer un sincero análisis sobre nuestros ingresos la capacidad de pago, esto con el fin de asegurarnos de que podremos hacer frente a los compromisos económicos sin que afecte la situación financiera.
Si ya decidiste que quieres solicitar un crédito, te recomendamos conocer y evaluar las distintas opciones que hay en el mercado para elegir la que más conveniente de acuerdo con el plaz, tipo de bien que vas a adquirir y pagar menos intereses.
Para todo esto, hay diferentes criterios que debes considerar para clasificar a los créditos, vemos:
1.- Por su plazo. Los créditos pueden utilizarse para satisfacer necesidades de corto, mediano y largo plazo.
De corto plazo, son los que se obtienen para satisfacer necesidades de financiamiento como las tarjetas de crédito o los financiamientos prendarios.
De mediano y largo plazo, son préstamos que se adquieren para un fin determinado y en los cuales se entrega el monto total del préstamo en un momento dado. Ejemplos de estos créditos son los hipotecarios, personales o familiares, así como para adquirir una computadora o un auto, por ejemplo.
2.- Por la garantía que los respalda. Existen préstamos que deben estar garantizados por un bien y otros que se otorgan sin más garantía que la palabra del acreditado. Generalmente se exige que el valor del bien sea mayor al monto del crédito y, muchas veces, la tasa de interés que se pacta depende en buena medida de la garantía que se ofrece:
Créditos hipotecarios. Son los que quedan garantizados con un bien inmueble.
Créditos quirografarios. Éste es el nombre técnico de los créditos que se otorgan sin una garantía específica, aunque en algunas ocasiones se solicita un obligado solidario con el fin de disminuir el riesgo de incumplimiento. Suelen ser los más caros.
Créditos prendarios. Como su nombre lo indica, son financiamientos que se obtienen dejando un bien en garantía (empeños). Generalmente el monto de estos créditos no es mayor al 50% del valor de la prenda.
Préstamos con colateral. Su característica principal es que los bienes que respaldan al crédito son distintos a los que se adquieren con éste. Ejemplo: crédito hipotecario de liquidez, el que no está destinado a la compra de una casa.
Créditos al consumo. Su característica principal es que queda respaldado por el bien que se adquiere con éste. Por ejemplo, el automóvil que se compra se toma como garantía del préstamo.
3.- Por el tipo de tasa de interés que cobran, los préstamos tienen formas distintas de calcular los intereses que generan:
Tasa nominal fija. La tasa pactada no se modifica durante la vigencia del contrato. Generalmente se pactan también pagos fijos. La desventaja es que si las tasas de mercado bajan, los deudores no reciben ningún beneficio aunque están protegidos ante un incremento en las mismas.
Tasa variable. La tasa de interés varía mes con mes y se calcula con base en una tasa de referencia. Estos contratos tienen la ventaja de que se pagarán menos intereses en la medida en que las tasas de mercado bajen; sin embargo, en caso de que suban el efecto será en contra del deudor.
Tasa tope. Estos créditos son similares a los de la tasa variable, con la particularidad de que si éstas suben más allá de un cierto límite, el acreditado pagará como máximo la tasa tope pactada.
Tasa global. Al monto del préstamo se le aplica la tasa global pactada y los intereses se suman desde un inicio al principal. Los pagos quedan fijos y se calculan dividiendo el monto incluyendo intereses entre el número de exhibiciones pactadas.
Sin intereses. Existen establecimientos que ofrecen créditos aparentemente sin intereses. Sin embargo, es importante mencionar que todo financiamiento tiene un costo, el cual está ya incluido en el precio de lista. A veces si pagamos en efectivo, se nos ofrece un descuento que puede ser importante
domingo, 31 de marzo de 2013
Semana Santa Tips
Semana Santa, además de poseer un profundo significado religioso, presenta una larga lista de tradiciones en las familias uruguayas.
En esta fecha aumenta no sólo el consumo de determinados productos como mariscos, pescados y “huevitos” de chocolate, sino también el uso de servicios, como el transporte interurbano, o la asistencia a espectáculos.
Consejos al Comprar
Al comprar
• No olvide comprar en el comercio establecido. No arriesgue su salud y la de su familia comprando productos inseguros.
• Además, sólo comprar en el comercio establecido le permite ejercer sus derechos en caso de problemas.
Al viajar
• Dentro de lo posible, planifique sus traslados y viaje con anticipación. No olvide preguntar por el estado de las carreteras si viaja en auto.
• Cuando usted transita por una autopista concesionada, tiene derechos como consumidor. Entre ellos: recibir un servicio de calidad, recibir información veraz y oportuna sobre los cobros; a que se le cobre por el servicio prestado y a que la empresa responda ante sus incumplimientos.
• Si viaja en bus, recuerde que tiene derecho a que los precios informados se respeten.
• Asimismo, tiene derecho a ser transportados en condiciones de seguridad, a las velocidades autorizadas, que se respeten las horas de descanso del chofer y el vehículo cuente con las mantenciones correspondientes.
• De la misma manera, tienen derecho a exigir puntualidad tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y durante el viaje deben recibir una prestación del servicio con estándares de calidad.
• Cuando un viaje se suspende o queda a medio camino, los pasajeros tienen derecho a reclamar la devolución del valor del pasaje; demandar otros servicios como alimentación y estadías, y a que la empresa responda por todos los daños causados.
• Por otra parte, debe existir coherencia entre lo ofertado y lo real, por ejemplo, baños, TV, desayuno, salón cama, puntualidad horaria, así como no ser víctima de sobreventa de pasajes y ser indemnizado o reparado si esto ocurre.
• Otro aspecto importante es el equipaje. En este sentido, la profesionalidad de las empresas implica que las maletas y bolsos lleguen a destino intacto y los consumidores deben ser compensados si no es así.
Pescados y Mariscos
• Fíjese en la higiene general de las instalaciones, utensilios y personal del lugar donde expenden este tipo de productos.
• Ponga especial atención a la manipulación de los productos, ya que los vendedores deben usar mascarilla y lavar sus manos constantemente.
• Al adquirir pescados enteros, recuerde que al tacto deben estar duros y no ceder a la presión del dedo. También deben tener la piel lisa, sin erosiones, ni rasgaduras. No olvide que los pescados en buen estado no presentan malos olores.
• Al comprarlos trozados, las presas deben estar duras y la superficie del corte, como la espina dorsal, tener un color blanquecino y uniforme, sin manchas amarillentas ni reflejos rojizos cerca de la espina.
• Si los prefiere envasados, no olvide fijarse en que el envase del producto se encuentre herméticamente cerrado, sin abolladuras, ni daños exteriores. Recuerde que los envases en conserva que estén oxidados, golpeados o hinchados, evidencian que han sido mal embalados, tienen mucho tiempo o están contaminados.
• Al comprar mariscos, recuerde que los mariscos frescos están vivos. La mejor manera de comprobarlo es con el tacto, ya que al tocarlos se dará cuenta de que las conchas se cierran solas. Los mariscos frescos no tienen mal olor, sino más bien tienen aroma a mar.
• Después de comprar, y para evitar la contaminación cruzada (que una posible contaminación pase de un alimento a otro), no mezcle pescados y mariscos frescos con otros alimentos en el refrigerador, ni use el mismo cuchillo sin lavar para partir pescados, mariscos y luego vegetales, por ejemplo.
• Asimismo, manténgalos refrigerados: Recuerde que los mariscos deben hervirse a lo menos 5 minutos antes de consumirlos.
• El jugo de limón no sirve para cocer los mariscos.
• Y no congele nuevamente un pescado o marisco ya descongelado.
Huevitos de Pascua
Uno de los productos no tradicionales que se ha posicionado en el mercado para esta fecha son los denominados “huevitos de chocolate”.
• Para no poner en riesgo la salud y seguridad de los niños, es muy importante adquirir estos productos en el comercio establecido.
• Lea los rotulados, es importante conocer los ingredientes y así elegir, por ejemplo, los huevitos que contengan menos azúcar.
• Para un niño de 6 a 8 años y de peso normal, es aconsejable consumir unos 5 o 6 huevitos, manteniendo el resto del día una dieta más bajas en grasa y rica en verduras, frutas y agua.
• Guarde su boleta, ya que frente a cualquier problema este documento le permitirá ejercer su derecho al reclamo.
Derechos en espectáculos
• Si su panorama para esta Semana Santa incluye asistir a un espectáculo, recuerde que tiene derecho a que el evento se desarrolle con seguridad.
• Recuerde que el espectáculo debe cumplir las condiciones objetivas informadas o publicitadas. Esto es, si por ejemplo, se ofreció una promoción por toda la noche, determinado artista y ubicación, es eso lo que el consumidor debe recibir.
• Ante la suspensión del espectáculo o cambio de las condiciones contratadas, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado.
domingo, 17 de marzo de 2013
Dia internacional del Consumidor
Estimados lectores nos encontramos cerca del Día Mundial de los Derechos del Consumidor que se celebra todos los años el 15 de Marzo. Este día es una jornada para promover los derechos fundamentales de todos los consumidores, para exigir que los mismos sean respetados y protegidos, y para protestar contra los abusos del mercado y las injusticias sociales que los socavan."¡Justicia para los Consumidores Ahora!" será la consigna que guiará este año. La educación de los consumidores es, en este sentido, imprescindible para que todo el marco de protección del consumidor pueda ser aplicado y funcionar en la práctica de una forma verdaderamente eficaz. Buena parte de los estudios, que vienen realizándose en los últimos años sobre la situación de los consumidores ponen de relieve como la necesidad de aumentar el nivel de confianza entre los mismos para generar en éstos un papel más activo de cara a las innovaciones razonables de oferta y de cara también a conseguir un mayor grado de participación de la sociedad civil organizada. También la insuficiencia de la mera información para conseguir generar en los consumidores ese nivel de confianza necesario. En cuanto a la información, se trata de un factor fundamental en la protección del consumidor, y por ello es muy adecuada “una política informativa moderna, eficaz y fiable”. Que creo que hoy el sistema está fallando. Hay que señalar, no obstante que en primer lugar existen todavía numerosos obstáculos para conseguir una información completa destinada a los consumidores, y que en segundo lugar la información es un elemento necesario para recuperar y generar confianza entre los consumidores pero no suficiente. La confianza del consumidor no se consigue sólo a través de aumentar la cantidad de información disponible, de garantizar su accesibilidad o ni siguiera de mejorar la calidad de esa información. Es fundamental, además, que el ciudadano disponga de un acervo de conocimientos que le permitan incorporar la información recibida, interpretarla de forma crítica, entender su sentido, valorarla y adoptar actitudes con respecto a dicha información. Como de una serie de habilidades y recursos que le permitan utilizar tanto la información como sus experiencias en la toma de decisiones eficaces orientadas en su propio interés. Los consumidores necesitan más que simple información para ser verdaderamente eficaces en su selección y uso de bienes y servicios: deben ser también capaces de usar y aplicar esta información.
No debe olvidarse la importancia tanto de la formación continua, que debe extenderse también a otros segmentos de consumidores alejados ya de la vida escolar o académica. Ello requiere un esfuerzo en la elaboración de materiales y herramientas de formación con un contenido especialmente práctico y enfocado a la resolución de problemas en la vida cotidiana. En este ámbito, la participación de las asociaciones de consumidores y de otras organizaciones sociales parece el canal más eficaz para difundir de forma descentralizada estos materiales. Estamos actuando como consumidores por ejemplo en Comprar el diario, pagar el almuerzo o la cena, hacer las compras en el supermercado o el almacén, en el Kiosko o en la farmacia para atender necesidades que son de consumo personal y familiar. También realizamos actos de consumo al pagar la sociedad médica o la emergencia móvil, utilizamos el transporte (ómnibus, taxi, remise) pagar el agua, la luz, el teléfono, la banda ancha, el seguro, etc. No olvidemos que todos somos consumidores. La ley 17.250 en su art. 2º define consumidor “es toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza productos o servicios como destinatario final en una relación de consumo o en función de ella”. La información suficiente, clara, veraz, en idioma español sin perjuicio que puedan emplearse además otros idiomas
La normativa vigente en el Uruguay tenemos la ley de relaciones de consumo 17250 del año 2000 que es de orden público que tiene por objeto regular las relaciones de consumo. La ley de la Usura 18212 comprende las operaciones de crédito o asimiladas realizadas por personas físicas o jurídicas, y, Ley 18507 de 2009 que determina el procedimiento aplicable en las causas judiciales originadas en relaciones de consumo. Fija competencia de Juzgados de Paz y monto del reclamo: que la demanda no supere el valor equivalente a 100 UR. Establece procedimiento sumario que caduca al año de verificado acto, hecho u omisión que la fundamente sin perjuicio de los plazos consagrados por la ley 17250. Pasando al tema de los derechos que tienen los consumidores DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y DE SU SEGURIDAD. Los bienes y servicios destinados a los consumidores y usuarios deberán presentarse de forma que no existan peligros. Si se presentan, deberán ser retirados del mercado por procedimientos rápidos y simples. Los poderes públicos velarán por la seguridad, calidad y salubridad de los bienes y servicios ofertados en el mercado. Otro DERECHO A LA PROTECCIÓN DE SUS INTERESES ECONÓMICOS Y SOCIALES. Los compradores de bienes o servicios deberán ser protegidos contra los abusos de poder del vendedor, en particular respecto de: contratos tipo establecidos unilateralmente, la exclusión abusiva en los contratos de derechos irrenunciables, etc. Vemos otro DERECHO A LA INFORMACIÓN Y A LA EDUCACIÓN. El comprador de bienes o servicios tiene el legítimo derecho a disponer de una información adecuada. Pasando al siguiente DERECHO A LA REPRESENTACIÓN Y AUDIENCIA EN CONSULTA Las organizaciones para la mejor defensa de sus intereses deberán ser consultadas y oídas en cuantos temas puedan afectarlos. Como otro DERECHO A LA PROTECCIÓN JURÍDICA, ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA. El consumidor tendrá derecho a la protección jurídica en los términos y alcance que resulten más adecuados. El consumidor también tiene DEBERES algunos de ellos:-Realizar sus compras y contrataciones sólo en el comercio establecido, como leer detalladamente los contratos antes de firmarlos, de manera que pueda comprender totalmente su contenido. Exigir el cumplimiento de la publicidad. Lo que dice la publicidad es exigible como parte del contrato. Otro deber, Rechazar los cobros por bienes o servicios que no haya aceptado., como Informarse sobre los bienes y servicios ofrecidos en el mercado, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes. Otro No hacer denuncias imprudentes en contra de proveedores, vale decir, denuncias carentes de fundamento. E informarse y buscar los medios para acceder a la educación que le permita un consumo responsable.
Respecto al tema de la oferta podemos decir de productos o servicios que se realice fuera del local, sea por medio postal, telefónico, televisivo, informático o similar da derecho al consumidor que la aceptó a rescindir o resolver, "ipso-jure" el contrato. Donde el consumidor podrá ejercer tal derecho dentro de los 5 días hábiles contados desde la formalización del contrato o de la entrega del producto, a su sola opción, sin responsabilidad alguna de su parte. La oferta de productos debe brindar información clara y fácilmente legible sobre sus características, naturaleza, cantidad, calidad -en los términos y oportunidades que correspondan-, composición, garantía, origen del producto, el precio. En la oferta de servicios el proveedor La información deberá ser clara y veraz y, cuando se brinde por escrito, será proporcionada con caracteres fácilmente legibles como Nombre y domicilio del proveedor del servicio, la descripción del servicio a prestar, etc.
Publicidad Engañosa El ámbito legal, el término “publicidad" abarca todas las formas de comunicación destinadas a promover productos y servicios realizadas en el marco de una actividad industrial comercial o artesanal o en el ejercicio liberal de la profesión. Es decir no solo los anuncios convencionales (TV, radio o prensa) sino también cualquier información ofrecida por otros medios y formatos como mails, móviles, carteles. En esta sociedad de consumo que nos movemos la publicidad es una poderosa herramienta que hace pensar a los consumidores que necesita productos o servicios de los cuales podrían en realidad prescindir, que ofrece al consumidor la idea de de despreocupación de los plazos, idea de comodidad, de un dinero rápido y Fácil, pero esto nunca es tan sencillo como quieren hacer parecer. En muchas ocasiones las entidades financieras se aprovechan de la forma no racional de la publicidad, esa que apela a los sentimientos y sensaciones que "obligan" a comprar apelando a la despreocupación (“ya pagará...”). De todas maneras, existen mecanismos de protección, pues si lo anunciado no se ajusta a la realidad se generan unas expectativas que finalmente se ven frustradas, y ante esto el consumidor afectado puede intentar hacer valer sus derechos. Se considera engañosa la publicidad que de cualquier manera (incluso a través de su presentación) induce o puede inducir a error a sus destinatarios, y también la que omita datos fundamentales que puedan llevar a ese error.
Si me gustaría dejar como consejos que se preste mucha atención a los préstamos que piense realizar cuanto interés le cobraran, las cuotas en que se lo harán, la financiación que le harán, estudie todo muy bien. Lea detenidamente antes de firmar cualquier documentación, incluida la letra chica, y en caso de duda asesórese. Es importante tener presente que para que una reclamación sea viable y la Administración pueda mediar con la empresa afectada, se debe adjuntar la factura, el contrato, la publicidad y cualquier otro documento que pueda respaldar la queja.
Dra. Lic. Adriana Besso
Presidenta Asociación Nacional en Defensa Derechos de Consumidores y Usuarios Andcu
martes, 12 de marzo de 2013
Dia Mundial de Derechos del Consumidor
El Día Mundial de los Derechos del Consumidor se celebra todos los años el 15 de Marzo. Este día es una jornada para promover los derechos fundamentales de todos los consumidores, para exigir que sus derechos sean respetados y protegidos, y para protestar contra los abusos del mercado y las injusticias sociales que los socavan.
"¡Justicia para los Consumidores Ahora!" será la consigna que guiará las jornadas de celebraciones del Día Mundial de los Derechos de los Consumidores (DMDC) 2013 en todo el mundo.
El próximo Día Mundial de los Derechos del Consumidor (15 marzo 2013) para exponer el daño real causado por la precaria o inexistente protección de los consumidores en todo el mundo.
Ya se trate de productos defectuosos que causan daño, proveedores de servicios públicos haciendo caso omiso de las quejas, o préstamos irresponsables de los bancos, una mejor protección de los consumidores es siempre parte de la solución.
Haga valer sus derechos.
Dra. Lic Adriana Besso
jueves, 7 de marzo de 2013
Precauciones antes de contratar un producto financiero
Precauciones antes de contratar un producto financiero
.Solicitar información clara y precisa sobre los
siguientes aspectos para comprobar si responde a los
objetivos inversores:
• Rentabilidad del producto.
• Riesgo asumido.
• Liquidez de la inversión.
• Posibles comisiones y gastos a los que hacer frente.
• Fiscalidad del producto de ahorro e inversión.
.Conservar toda la documentación que nos proporcionen,incluso los folletos publicitarios y cualquier anotación, documento a mano o información detallada en la que consten los datos de la entidad. Todo esto integrará la oferta contractual aún cuando no se hubiera incorporado a las condiciones generales o particulares del contrato.
.Analizar la situación económica personal, el nivel de ingresos y gastos y realizar una planificación económica futura.
.No dar “pasos a ciegas”:la falta de experiencia financiera y el desconocimiento del sector podría jugarnos una mala pasada
operación de consumo en que se conceda un crédito
Toda operación de consumo en que se conceda un crédito directo al consumidor debe contener:
El costo total del producto o servicio
El precio al contado del bien o servicio de que se trate.
La tasa de interés del crédito.
El monto de los siguientes importes distintos a la tasa de interés:
Impuestos correspondientes a la operación de crédito.
Gastos notariales.
Gastos inherentes al bien recibido en garantía.
Seguros expresamente aceptados por el consumidor.
Cualquier otro importe permitido por ley.
Las alternativas de monto y número de pagos a efectuar y su periodicidad.
El monto total a pagar por el consumidor en cada alternativa del crédito.
La tasa de interés moratorio en caso de incumplimiento y el sistema de cálculo de los gastos que genere la cobranza extrajudicial de créditos impagos
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