Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

miércoles, 22 de enero de 2014

LAN CHILE PERDIÓ DEMANDA CON PASAJERO URUGUAYO


Sentencia judicial que lleva el número 47 del día 20 de diciembre del 2013, la justicia tomó una resolución que creemos puede ser un firme antecedente a los atropellos que muchas veces los consumidores tenemos que soportar de diferentes empresas.

En este caso un joven le hizo un juicio a la empresa aérea Lan Chile.

Como resultado de la misma, la... jueza competente dice que comparecieron ante ella el joven, promoviendo acciones derivadas de la aplicación de la Ley 18.507, del defensa de los derechos del consumidor contra Lan Chile manifestando que:

Adquirió un pasaje aéreo mediante bonos de kilómetros que tenía a favor en Lan Chile, pagando además una diferencia de dinero de US$ 101 dólares.

El canje de bonos de kilómetros más dinero es una práctica habitual de esta empresa y de la gran mayoría de las empresas del ramo, siendo estas prestaciones una especie de permuta.

Que así el pasajero adquiere mediante las exigencias que impone la empresa, un pasaje aéreo de ida y vuelta.

Que el itinerario estaba dispuesto para salir del aeropuerto de Ezeiza, en Buenos Aires el día 5 de febrero del 2014, con destino a Guayaquil en Ecuador, con una breve escala en Santiago de Chile. El regreso estaba estipulado para el día 22 de marzo del 2014, desde la isla de San Andrés en Colombia hacia el aeropuerto de Ezeiza en Buenos Aires, con dos escalas intermedias.

Una vez seleccionado el itinerario con la funcionaria de Lan Chile, esta corrobora el mismo y lo emite, luego de cobrarle un bono de US$ 41 dólares, y una diferencia pagadera en dinero de US$ 101 dólares.

Unos días después el pasajero solicita el cambio del mismo, ajustándose a las nuevas tarifas y penalidades que existan para el mismo. Se realizan las modificaciones en el mismo lugar en que se adquirió y se emitió el ticket. Así decide solamente su primera escala que tenía en Santiago de Chile, volando así directo a la ciudad de Guayaquil en Ecuador, desde el aeropuerto de Ezeiza, sin modificar el día del vuelo. Procede a cambiar también la vuelta sin cambio del lugar de salida que era de la isla de San Andrés, sí modificando el destino que era Ezeiza en Buenos Aires, para llegar al aeropuerto de Carrasco en Montevideo, postergando el mismo a su vez del 21 de marzo del 2014, al 22 de marzo del 2014, ya que así el cambio tenía un menor costo.

Lan Chile procede a la modificación que tuvo un costo de US$ 40 dólares, preguntando en esa oportunidad el pasajero si no había otro costo que debiera ser abonado, cobrándosele así la multa mencionada.

Una vez emitido y confirmado el nuevo ticket y con número de referencia, el pasajero lo imprime y archiva para su futuro vuelo. Posteriormente intenta ingresar al sistema Lan para escoger sus asientos de forma anticipada y resulta que su nuevo ticket había sido dado de baja, no registrándose en el sistema y anulándose el mismo. Intenta varias consultas en la Web sin resultados, y finalmente luego de reiterados llamados a la empresa, esta le comunica que el cambio que le habían realizado no se podía hacer, por lo que le dieron de baja al ticket sin más trámites. Ante la insistencia del pasajero le informan que por política interna de Lan ese cambio no era posible, que debía realizar el vuelo como originalmente estaba planteado y que sin importar la cantidad de dinero que se pagara, si el pasajero sale del destino debe regresar al destino igual. Agrega que no le dieron comunicación alguna de la empresa antes de dar de baja a su ticket y que la misma se realiza sin fundamentos jurídicos algunos, lo que implica incumplimiento de parte de Lan Chile. Se presenta ante la sede y reclama el cumplimiento del contrato de transporte tal como se le había estipulado en segunda instancia y además solicita la suma de $ 60 mil pesos por entender que hubieron daños y perjuicios.

Se citó y emplazó a la contraparte a estar a derecho y solicita a la audiencia de estilo que habiéndose emplazado en forma comparecen las partes a la audiencia el día 10 de diciembre del 2013. Allí se escucha el reclamo de la parte actora y la parte demandada procede a contestar la demanda instaurada, señalando que los US$ 101 dólares abonados corresponden a multas y no a tazas de embarque. El itinerario original se encuentra confirmado para el día 5 de febrero, los US$ 40 dólares no son por conceptos de multa, sino por concepto de cambio de vuelo de ida solicitado, que no es correcto que se le haya emitido un nuevo ticket con destino a Montevideo, lo único que se le hizo fue una reserva por si el pasajero quería cambiar su solicitud de vuelo original, que esto se le explicó por parte del personal de Lan en forma personal y en la audiencia de conciliación en el área de defensa del consumidor, que el sistema de canje solo admite dos opciones, salir de un punto y finalizar el viaje en otro, o salir de un punto y regresar desde otro, o salir de un mismo punto de partida, por lo que no es válido ni viable acceder al cambio que plantea el pasajero. Agrega que nunca se le cobró diferencia de dinero alguno vinculado al cambio de itinerario originalmente planteado. Agrega en autos la reserva y ticket original, la reserva con el cambio de destino a Montevideo con la constancia de que se elimina dicha reserva y las opciones para el cambio de ticket por el sistema de canje. Que escuchadas ambas partes y ante un posible acuerdo entre ellas se prorroga la audiencia y se continúa la misma el 17 de diciembre, no siendo posible dicho acuerdo, por lo que se da por enterada la prueba, se escucha a las partes y se les convoca a audiencia de lectura de sentencia en el día de hoy. Considerando que conforme al artículo 130, el demandado tiene la carga de contradecir las afirmaciones del actor, el demandado deberá pronunciarse categóricamente sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de los documentos que allí se vieran acompañados y cuya autoría le fuera atribuida.

Luego de un cúmulo de pruebas y de confirmaciones por parte de la sede, el Juzgado llega a diferentes conclusiones, con argumentaciones jurídicas que son contundentes a favor del joven denunciante obligando a Lan Chile a otorgarle el pasaje solicitado y no dando lugar a los daños y perjuicios solicitados por el joven denunciante.
El fallo dice textualmente: “Haciendo lugar a la demanda instaurada, condenando por tanto al demandado al efectivo cumplimiento del contrato acordado, modificado y reservado por el pasajero, debiendo cumplirse la vuelta desde San Andrés a Montevideo, con dos escalas intermedias de acuerdo al pasaje reservado y dado de baja en forma unilateral, no haciendo lugar por otra parte al resarcimiento de los daños y perjuicios morales solicitados, por considerarse irrelevante la entidad de los mismos”.

De esta manera nos podemos dar cuenta que muchas veces hay que llegar hasta las últimas consecuencias, ya que las grandes empresas abusan permanentemente del poder que tienen ante los consumidores, la propia justicia su postura hasta el final del mismo y logró que ese pasaje que se le había otorgado y que había pagado le sea devuelto y pueda ser utilizado como corresponde.
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domingo, 29 de diciembre de 2013

En estas Fiestas debe ser más responsable con uso de la tarjeta de crédito

Diciembre es, junto con los meses de verano, el mes de mayor uso de tarjetas de crédito de todo el año. Este sistema de pago da la opción de abonar el importe de la compra al mes siguiente o fraccionar los costos de la compra para pagarlo en plazos. En este caso, hay que tener muy en cuenta los intereses que se deben afrontar por posponer el pago del importe de la compra y distribuirlo en plazos. Con la tarjeta de crédito se genera una sensación engañosa de disponibilidad de dinero, “porque nadie te pregunta para qué quieres el dinero, lo tienes ahí en el plástico y puedes disponer de él cuando quieras. Pero es importante saber que cuanto más fácil es conseguir el dinero, más difícil será devolverlo. Siempre. Y el abuso de las tarjetas de crédito es muy peligroso para las finanzas de las familias.

jueves, 5 de diciembre de 2013

¿Por qué es recomendable hacer un presupuesto familiar?

Porque permite ordenar las prioridades financieras que tiene tu familia, conocer los gastos y saber cuál es el ingreso que tienen como grupo.

De esta manera, podrás enfrentar el pago de las cuentas y planificar el ahorro a corto y largo plazo, para futuros proyectos familiares.

Inclusión financiera? Proyecto de ley principales puntos

¿Cómo funciona la ley de inclusión financiera? Proyecto de ley principales puntos
El proyecto de ley de inclusión financiera plantea que de aquí a tres años la mayor parte de la población acceda a servicios financieros. También se busca que la mayoría de las compras y ventas se procesen con dinero electrónico.

Para esto se trabajará en dos pilares: por un lado, a nivel de los comercios, donde se fomentará que cada vez más acepten las tarjetas de crédito y débito como medios de pago. Por otro lado, a nivel de las personas. En tres años todos los empleados deberán cobrar su salario con dinero electrónico; es decir en una cuenta bancaria con su correspondiente tarjeta de débito, en una billetera electrónica o en una tarjeta prepaga o similar. Además, el empleado podrá elegir en qué institución quiere cobrar su sueldo.

De esta manera se reduciría el manejo de dinero en efectivo, y eso mejoraría la inseguridad y también reduciría muy significativamente la evasión de impuestos porque todas las transacciones electrónicas pueden ser monitoreadas.

Si bien muchas personas acceden a las tarjetas aún es poco común su uso cotidiano. Muchos comercios no quieren instalar POS para transacciones debido a que eso les impediría evadir impuestos.

La ley de inclusión financiera hace también una serie de cambios sobre la manera de otorgar créditos contra el sueldo de las personas. En primer lugar se establece un tope mucho más bajo a la tasa de interés de cualquier crédito que se le otorgue a un trabajador contra su sueldo.

Establece también que cuando a la persona se le descuente del sueldo las cuotas de un préstamo; tendrán prioridad como hasta ahora las retenciones judiciales por temas de familia, después el BROU y después tanto los bancos como las cooperativas.

Además, el proyecto de ley indica que se le podrá descontar al trabajador hasta la mitad de su sueldo por las diferentes cuotas que deba. Antes se podía llegar a descontarle hasta el 70%.

Estos puntos han puesto en pie de conflicto a las cooperativas que consideran que su negocio se va a ver afectado.

miércoles, 30 de octubre de 2013

Consejos para Halloween: cuidemos la seguridad de los niños

Consejos para Halloween: cuidemos la seguridad de los niños
Año tras año, la “noche de brujas” o la fiesta de Halloween se ha instalado en nuestro calendario como una celebración más de las familias uruguayas.

Disfraces, máscaras, dulces y decoraciones forman parte de la noche del 31 de octubre, en que niños y niñas disfrutan de una noche de fiesta y también de una que otra travesura.

Para que c...omo papás cuidemos especialmente la seguridad de los más pequeñitos, el llamado es a comprar todos estos productos sólo en el comercio establecido, a elegir aquellos con instrucciones en castellano, para resguardar un buen uso y sobre todo seguir los siguientes consejos:

Disfraces
•Si va a comprar disfraces, máscaras y pelucas busque que estén hechas de materiales resistentes al fuego.
•Revise que tengan una etiqueta que diga “Resistente al fuego”.
•Prefiera los disfraces que rotulan no ser inflamables o que poseen retardantes de la inflamación.
•Cuando compre una máscara, fíjese que los agujeros para los ojos permitan una buena visibilidad y que los orificios de la nariz, sean suficientes para una buena respiración.
•Evite el uso de ropa muy amplia, como capas, vestidos o mangas anchas, para reducir el riesgo de volcar velas o de toparse con otras fuentes de combustión.
•Compre sólo en el comercio establecido y guarde la boleta, que le permite ejercer su derecho a la garantía legal.
•Halloween debe ser una noche de dulces y buenas travesuras; no una noche de terror por accidentes que pudieron evitarse.

Cosméticos infantiles
•Revise que el maquillaje que le compra a sus hijos para jugar y disfrazarse diga “Permitido su uso en niños menores de 6 años“, así usted afirma que es un producto apto para niños y niñas.

Fíjese en la etiqueta de los juguetes
•Exija productos rotulados en castellano y que señalen las instrucciones sobre el buen uso y seguridad del artículo comprado.
•La etiqueta, embalaje o el juguete mismo deben señalar en forma clara y visible el nombre o la marca del fabricante, importador o responsable de la venta.
•También debe indicar el país de origen, así podemos saber de dónde viene el producto.
•Revise si tiene la advertencia “se debe utilizar bajo la vigilancia de un adulto”, o si señala producto no apto para niños menores de 3 años, o si contiene partes pequeñas que puedan representar riesgo de asfixia en los más pequeños. Así, puede tomar todas las precauciones del caso y resguardar un correcto uso del producto.
•Sepa que los envases no deben contener partes cortantes ni punzantes, ni constituir riesgo de asfixia.
•Por precaución mantenga el embalaje alejado de los niños. Evite con esta medida, riesgos por asfixia.

Cuide la seguridad de los niños
•Ponga cintas adhesivas o goma de pegar de colores refractantes en mangas, bolsas o canastos para recolectar dulces.
•Lo aconsejable es que hagan sus recorridos acompañados de algún pariente o adulto responsable.
•Aconseje ir por dulces sólo en barrios conocidos y determine una hora fija para que regresen a casa.

viernes, 18 de octubre de 2013

Glosario de crédito al consumo

Acreedor: un acreedor es una persona o empresa que concede o promete concederte crédito en el transcurso de su operación comercial, negocio o profesión. Es lo contrario de «deudor» y a menudo se puede intercambiar con los términos «prestamista» o «proveedor de crédito».
Cesión de derechos: la cesión de derechos se refiere a la transferencia de derechos de una parte a otra (del cesionista al cesionario). Si el acreedor decide ceder sus derechos establecidos en un contrato de crédito a un tercero, esta acción no debe influir en tus derechos ni en las condiciones del contrato.



Consignatario: un consignatario es una persona (o personas) que firma conjuntamente un documento legal, como un contrato de crédito, con otros. El consignatario tiene la obligación legal de realizar pagos que cubran tu deuda en caso de que no puedas pagar (incumplimiento).



Consumidor: una persona que adquiere productos o servicios para uso personal, por ejemplo, con fines ajenos a su oficio, negocio o profesión.



Contrato de crédito: un contrato de crédito es un acuerdo en el que una parte (el acreedor) ofrece o promete conceder crédito a otra parte (el deudor). En otras palabras, tú (el prestatario) puedes firmar un contrato de crédito con un proveedor de crédito (el acreedor o prestamista).



Contrato de crédito abierto: es un contrato por una cantidad máxima aprobada y predefinida sin un plazo establecido. Por consiguiente, puedes utilizarlo repetidamente hasta un cierto límite.



Contrato de crédito vinculado: un contrato de crédito vinculado es aquél que está vinculado directa y exclusivamente a la compra de bienes o servicios particulares.



Conversión de deuda: la conversión de deuda se refiere al proceso de modificar las condiciones referentes al reembolso de un préstamo mediante la reducción de los pagos mensuales y la prolongación del período de reembolso.
Deudor: un deudor es una persona que debe dinero a otra persona o empresa. Es lo contrario de «acreedor». A menudo se puede intercambiar con el término «prestatario».
Extracto de cuenta: un extracto de cuenta es un documento, por lo general mensual, donde figuran todas las transacciones realizadas (pagos recibidos y retiradas) durante un período determinado.
Hipoteca: una hipoteca es un contrato de crédito que se usa normalmente para comprar una propiedad. En estos tipos de contrato se suele utilizar la misma propiedad como garantía
Importe total adeudado: es el importe total que se ha prestado más el costo del crédito (incluido cualquier interés u otros cargos relacionados).
Importe total del crédito: se trata del límite o las sumas totales disponibles según el contrato de crédito propuesto.
Publicidad: la publicidad es un medio de comunicación concebido para atraer y persuadir. Los proveedores de crédito utilizan la publicidad para atraer a posibles clientes. Puede incluir cualquier elemento, desde material promocional como folletos, carteles, TV o radio, hasta anuncios en línea y mucho más. Si un proveedor de crédito menciona el tipo de interés o cifras relacionadas con el costo del crédito, deberán proporcionarte un ejemplo representativo.
Reembolso anticipado: el reembolso anticipado significa, parcial o totalmente, el reembolso del crédito que has obtenido antes de que termine el plazo que estaba originalmente previsto. Esto puede llevarte a tener que compensar al acreedor por la pérdida de ingresos.
Tarjeta de crédito: una tarjeta de crédito, se presenta en forma de tarjeta de plástico, es un medio de pago emitido por empresas financieras, tiendas minoristas y otros negocios. Ofrece a su titular la posibilidad de solicitar fondos, a menudo en el punto de venta.

Tarjeta de débito: una tarjeta de débito es una tarjeta de plástico, a menudo emitida por un banco y vinculada a una cuenta, que permite al portador el acceso electrónico a su cuenta bancaria. Los pagos realizados con una tarjeta de débito, al contrario que ocurre con la de crédito, se cargan inmediatamente a la cuenta del portador.

Tasa anual equivalente (TAE): un porcentaje que representa el costo total del crédito al consumidor, expresado como porcentaje anual del importe total del crédito. La TAE incluye todos los costos relacionados, como intereses, comisiones, impuestos y demás tasas.
Tipo de referencia: el tipo de referencia es un tipo de interés de referencia que se utiliza para especificar las condiciones de la permuta de un tipo de interés o de un contrato de tipo de interés. Está fuera del control de las partes del contrato.

Tipo deudor: el tipo de interés que debes pagar anualmente para pedir prestada una cantidad determinada de dinero.

Tipo deudor fijo: hace referencia a un tipo de interés (o préstamo) que se establece en la conclusión inicial de un contrato para todo el período que dure el contrato de crédito; no debe cambiar posteriormente. Esto incluye también contratos en los que se establecen varios tipos deudores para períodos parciales mediante el uso exclusivo de un porcentaje fijo y específico.

Tipo variable: es un tipo de interés que cambia con el tiempo. Se basa en un tipo de interés de referencia o índice subyacente que cambia de forma periódica. Si el tipo de interés o índice subyacente baja, tus pagos de interés disminuyen. Si sube, tus pagos de interés aumentan.

jueves, 17 de octubre de 2013

¿Cuál es la diferencia entre bancos y empresas de créditos?

Cuando buscás una forma de obtener dinero mediante un préstamo, podés contar con más de una opción. En este caso, mencionaremos las característias y diferencias que hacen a los bancosy empresas de crédito y financieras, incluyendo alguna información básica sobre los tipos de préstamos y otros productos que ofrecen.
¿Qué son los bancos?

Los bancos son empresas de intermediación financiera con estas características:

Permiten la apertura de cuentas corrientes.

Reciben depósitos de residentes.

Otorgan créditos y préstamos.

¿Qué tipos de préstamos dan los bancos?

Préstamos al consumo.

Préstamos automotores.

Préstamos hipotecarios.

Leasing.

Préstamos para empresas.

¿Qué es una empresa de intermediación financiera?

Según la normativa, se considera que una empresa presta servicios de intermediación financieras si ofrece servicios de intermediación entre la oferta y la demanda de:

Títulos.

Valores.

Dinero.

Metales preciosos.

La actividad de estas empresas en nuestro paías está regida por leyes y controlada por el Banco Central del Uruguay.
¿Qué son las empresas de crédito?

Son llamadas empresas administradoras de crédito por el BCU. Ofrecen estos productos:

Crédito con tarjetas.

Órdenes de compra.

Créditos personales.

Asimismo, el BCU reconoce como empresas de este tipo a las cooperativas de consumo y otras asociaciones civiles que ofrecen este tipo de productos y servicios.
Características de sus productos

Por lo general estas empresas ofrecen préstamos personales de un monto menor que los préstamos de bancos.

Suelen ser préstamos de corto plazo.

Algunas ofrecen préstamos rápidos, incluidos los préstamos telefónicos.

Sabías que...

En Uruguay solemos llamar financieras a algunas empresas administradoras de crédito. Sin embargo, el BCU utiliza el término casa financiera para denominar a las empresas de intermediación financiera no bancarias que, si bien pueden otorgar préstamos a residentes en el país, suelen trabajar con no residentes.