Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

martes, 12 de junio de 2018

Ley de tasas de interés sus topes

La ley de Tasas de Interés y Usura (Ley 18212, de 5 de diciembre de 2007) ha fijado para los préstamos de dinero un tope a las tasas de interés, incluidas las compensaciones, gastos de administración, comisiones y otros que se cobran por un crédito o préstamo. Cuando los intereses y/u otros cargos cobrados en una operación de crédito o préstamo superan los topes máximos fijados se configura usura, delito que se encuentra penado.
Se le llama usura a los intereses y/u otros cargos cobrados en una operación de crédito o similares, que superan los topes máximos fijados por la ley. 
Dicha Ley establece las tasas máximas que le pueden cobrar al otorgarle un crédito, tanto los bancos como las cooperativas, las empresas administradoras de crédito, los prestamistas o las personas físicas en general. En el cálculo de esa tasa máxima se deben incluir no sólo los intereses, sino también las compensaciones, comisiones, gastos u otros cargos.
La mencionada ley establece topes para el cobro tanto de los intereses compensatorios como de los intereses moratorios, dependiendo del monto del capital efectivamente prestado o del valor nominal del documento descontado. Cabe precisar que deben tenerse en cuenta las tasas máximas vigentes en el momento de concertarse la operación.

Se define a los intereses compensatorios, como el precio que paga el deudor por la utilización del dinero que le prestan y los intereses moratorios, son intereses cuya finalidad es sancionar el no cumplimiento del plazo acordado para el pago de la devolución del préstamo.
Los intereses bonificables son los importes que el deudor se exonera de pagar  por abonar al contado la totalidad de su deuda. Es una especie de “descuento por pronto pago”.

Para el cálculo de la usura, el BCU publica las tasas medias de interés y los topes máximos para empresas y para familias. Dentro de las empresas, se consideran las tasas medias por créditos concedidos a grandes y medianas empresas, a pequeñas empresas y a microempresas. Dentro de estas últimas, se consideran distintas tasas medias de acuerdo al volumen de ventas anuales: una tasa media para las de ventas menores a 500.000 UI y otra tasa media para aquellas microempresas cuyas ventas son mayores o iguales a 500.000 UI.

Tenga en cuenta que, si usted se atrasa en los pagos periódicos con los que va cancelando el crédito que solicitó (cuotas), el acreedor le cobrará no sólo una tasa de interés mayor (denominada “de mora”) sino que además le podrá cobrar algunas comisiones y gastos extra. También le podrá reclamar su deuda ante un juez.
El control de cumplimiento de la ley de usura, está a cargo de dos organismos: El Banco Central del Uruguay en lo que respecta a las empresas de intermediación financiera y a las demás personas físicas o jurídicas que realicen regularmente operaciones crediticias y el Área de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas en lo que respecta al crédito comercial otorgado por proveedores de bienes y servicios no financieros en el marco de relaciones de consumo y en el resto de los casos en general.

Créditos y Prestamos!

Generalmente se habla de créditos y de préstamos como sinónimos. Sin embargo son productos diferentes.

Un préstamo es una operación financiera en la que una institución o persona (prestamista) entrega a otra (prestatario), una cantidad fija de dinero en determinado momento, con la condición de que el prestatario devuelva esa cantidad junto con los intereses pactados en un plazo determinado. La amortización (devolución) del préstamo puede hacerse al final del período pactado o a través de cuotas regulares (mensuales, trimestrales, semestrales) a lo largo de ese plazo. Los intereses se cobran sobre el total del dinero prestado.

Un crédito es la cantidad de dinero, con un límite fijado, que una institución pone a disposición de un cliente, generalmente en una cuenta a su nombre. Puede usarla en su totalidad en un único momento o ir retirando de a poco la suma que tiene a disposición. El cliente solo paga intereses por la parte efectivamente utilizada. Sin embargo, puede cobrarse además una comisión sobre el saldo no utilizado. A medida que devuelve el dinero, podrá seguir disponiendo de más, sin pasarse del límite.

Los créditos también se conceden durante un plazo, pero a diferencia de los préstamos, cuando éste se termina se puede renovar o ampliar

lunes, 11 de junio de 2018

Tasa de interés

El interés se puede definir como el monto de dinero que se paga por el uso de un capital  tomado en préstamo por parte de quien lo haya solicitado. El monto de dinero que se paga por concepto de interés, dependerá de la cuantía del capital prestado, de la duración del préstamo y de la tasa o tanto por ciento. Por lo tanto, al calcular el interés, hay que tener en cuenta tres factores:
 
- el capital o suma prestada,
- el tiempo o duración del lapso durante el cual se calcula el interés y
- la tasa o tanto por ciento, que es el ‘precio’ que se paga por disponer de un capital prestado durante un tiempo.
 
En el caso de los depósitos a plazo fijo, el depositante le “presta” dinero al banco y el banco le retribuye al depositante por ese dinero recibido, pagándole un interés por el dinero depositado durante el tiempo que dura el depósito.  A la tasa de interés que se paga por los depósitos se le llama tasa de interés pasiva.
 
Si se trata de un crédito o de un préstamo, el interés es el monto que el deudor deberá pagar a quien le presta, por el uso de ese dinero. A la tasa de interés que se cobra por los créditos o préstamos se le llama tasa de interés activa.
 
La tasa de interés se expresa en forma porcentual y generalmente en términos anuales.
 
Es el número de unidades pagadas en la unidad de tiempo, por cada cien unidades de la suma recibida en préstamo. Las unidades pueden expresarse en moneda nacional, es decir del país en el que se realiza el depósito o contrae la deuda (pesos uruguayos en Uruguay) o en moneda extranjera, por ejemplo dólares USA, según se haya acordado. Asimismo, puede depositarse o prestarse en una moneda de referencia, por ejemplo en unidades indexadas (que son pesos uruguayos ajustados por la variación del índice de precios al consumidor).
 
La tasa de interés siempre tiene referencia con la moneda en la que se prestó el capital. De este modo, los préstamos en pesos uruguayos tendrán un interés expresado en pesos uruguayos y los préstamos en dólares, un interés expresado en dólares en tanto que los préstamos en unidades indexadas (UI), un interés expresado en UI. De este modo, si se acordó, por ejemplo, que por cada $100 (cien pesos uruguayos) se paguen $18 (dieciocho pesos uruguayos) al final del año, la tasa de interés es el 18 por ciento anual  y se representa como 18%.
 
La unidad de tiempo en la que generalmente se expresan las tasas de interés es el año. Si se quiere calcular el interés por períodos inferiores al año, se debe calcular la tasa de interés equivalente a la del año pero en proporción al período que interesa.
 
Todas las instituciones autorizadas para otorgar préstamos (bancos, cooperativas, empresas administradoras de crédito, etc.)  y todas las instituciones autorizadas a recibir depósitos están obligadas a mantener una página web, de forma de facilitar a los clientes el acceso a determinada información, sin necesidad de concurrir a la institución. Incursionar en las páginas web de cada institución, le permitirá a usted comparar las opciones que ofrecen las distintas instituciones (por ejemplo, tasas de interés a pagar por un préstamo y tasas de interés a cobrar en los depósitos) sin tener que hacer una recorrida institución por institución.
 

Instrumentos existen en nuestro país

Un instrumento de pago es un medio que permite transferir fondos a quien lo posee.  A modo de ejemplo, un cheque es un instrumento de pago. A través de él, al transferir al beneficiario los fondos necesarios, su librador puede extinguir una obligación de pago.

¿Qué instrumentos existen en nuestro país?
Actualmente disponemos de varios medios para realizar pagos y se espera que existan más en un futuro cercano.

Existen algunos instrumentos de pago no tan conocidos ni tan utilizados, pero que son tan o más prácticos que los tradicionales y que nos pueden mostrar algunas ventajas que los primeros no tienen.

Podemos mencionar tarjetas de débito, tarjetas prepagas, transferencias electrónicas, pagos desde el celular y otros.

Comencemos por definir estos instrumentos:

Cheque: es una orden escrita a través de la cual el librador ordena al librado (que es una institución financiera), pagar una suma especificada a quien el librador designe. Los cheques se pueden utilizar para liquidar deudas y para retirar dinero de los bancos.

Letra de Cambio: es una orden escrita a través de la cual su librador ordena al librado (que es una institución financiera), pagar una suma específica. Se utiliza ampliamente para financiar el comercio transfronterizo y para obtener crédito, al descontarla ante una institución financiera.

Transferencia electrónica: es una orden de pago -ya sea electrónica o en papel- autorizada por el pagador, a través de la cual se instruye a la Institución en la que tiene su cuenta, a transferir fondos desde esa cuenta a la del beneficiario designado, ya sea en la misma institución o en otra.

Tarjeta de crédito: es una tarjeta que indica que a su Titular le ha sido otorgada una línea de crédito. Permite al Titular realizar compras y/o extraer efectivo hasta un límite previamente acordado. El crédito otorgado se puede liquidar en su totalidad al finalizar un período determinado o se puede liquidar en forma parcial, tomando el saldo como crédito extendido. Se cobran intereses sobre el monto de cualquier crédito extendido y algunas veces se cobra al Titular una tarifa o cuota anual. “Compro hoy, pago después”.

Tarjeta de débito: es una tarjeta que permite al Titular que sus compras sean cargadas directamente de los fondos que mantiene en una Cuenta Corriente en una Institución Financiera. Es una alternativa al uso de efectivo. “Compro hoy, pago hoy”.

Tarjeta prepaga: también llamada de función limitada. Es una tarjeta cuyo saldo fue cargado con anticipación a su utilización. Se puede utilizar para un número limitado de funciones bien definidas. Su uso suele estar restringido a un número de puntos de venta bien identificados dentro de una ubicación bien delimitada. “Pago hoy, compro después”.

Pago a través del uso del teléfono celular: es una modalidad similar a las tarjetas prepagas.  A través de ella, se carga en los teléfonos celulares la cantidad de dinero que se quiera y luego se puede comprar todo tipo de bienes y servicios a través de este medio de pago. En nuestro país este instrumento se utiliza en forma parcial, esto es, a través del envío de mensajes de texto, para el pago de estacionamiento, taxis, recargas del propio celular, etc. Se prevé que en el corto plazo las compañías de telecomunicaciones lo implementen en su definición más amplia y se pueda utilizar como una verdadera “billetera electrónica".

Es importante destacar que también existen canales que, a través de la utilización de algún instrumento de pago o una combinación de ellos, facilitan otras alternativas que alcanzan niveles de suficiencia en los estándares de seguridad y eficiencia. Como ejemplo podemos citar la modalidad de pagos por Internet. Es una forma de realizar pagos que, a través del uso de tarjetas de crédito, tarjetas prepagas o transferencias bancarias ofrecen a la población otra forma eficiente, rápida, cómoda y segura de realizar pagos.

Desde que se dejó de utilizar el trueque, el medio de pago que adquirió mayor relevancia fue el efectivo. Es un medio de pago líquido por definición, esto es, lo puedo intercambiar inmediatamente por cualquier bien o servicio. Por otra parte, el dinero es una unidad de reserva de valor, es decir, nos permite ahorrar hoy para consumir en el futuro. Estas ventajas hacen que muchos agentes lo utilicen para realizar sus pagos.

En lo que refiere al cheque, el hecho de ser un título valor (consigna un derecho legal a su beneficiario a percibir el importe establecido en él) y de ser utilizado como instrumento de crédito (permite cancelar una deuda hoy, a pesar de no contar en ese momento con disponibilidad suficiente para hacerlo), podrían ser algunas de las causas para que su utilización esté tan difundida.