Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

jueves, 6 de agosto de 2020

Derechos y Obligaciones - Préstamos al Consumo

Derechos del deudor Disponer del dinero del crédito -en el caso de que a usted se le haya concedido un crédito- a medida que lo vaya solicitando. La institución deberá proporcionárselo de acuerdo a lo previsto en el contrato, tanto sea en efectivo, en cheques o a través de retiros por medio de una tarjeta. Recibir el préstamo – en caso de que se le haya concedido un préstamo- en el momento acordado. Recibir una copia del documento del contrato. A que se le extienda un recibo por sus pagos. Obligaciones del deudor Realizar los pagos estipulados en el contrato: amortización, intereses y comisiones, en fecha. Devolver el importe solicitado, en la forma acordada cuando le concedieron un crédito. Pagar las cuotas periódicas según se haya concertado, en caso de que le hayan concedido un préstamo. Informar a la institución financiera la realidad de su situación económica y personal. Comunicar cambios de domicilio. Cumplir con lo establecido en el contrato cuando en el mismo se establezca que los fondos se destinarán a una finalidad concreta. No comprometer bienes particulares de su patrimonio sin consentimiento previo o no vender los bienes incluidos en el inventario sin autorización. Ejemplo: usted no podrá vender un auto prendado por la institución que le prestó para comprarlo.