Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor
Consultoría sobre relaciones de consumo

jueves, 7 de marzo de 2013

operación de consumo en que se conceda un crédito

Toda operación de consumo en que se conceda un crédito directo al consumidor debe contener: El costo total del producto o servicio El precio al contado del bien o servicio de que se trate. La tasa de interés del crédito. El monto de los siguientes importes distintos a la tasa de interés: Impuestos correspondientes a la operación de crédito. Gastos notariales. Gastos inherentes al bien recibido en garantía. Seguros expresamente aceptados por el consumidor. Cualquier otro importe permitido por ley. Las alternativas de monto y número de pagos a efectuar y su periodicidad. El monto total a pagar por el consumidor en cada alternativa del crédito. La tasa de interés moratorio en caso de incumplimiento y el sistema de cálculo de los gastos que genere la cobranza extrajudicial de créditos impagos