Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

sábado, 18 de octubre de 2014

¿Cómo se encuentran regulada la oferta y el derecho a la información para los productos y servicios?

La oferta:
La oferta transmitida por cualquier medio, que determine con suficiente precisión el producto o servicio que se ofrece, vincula a quien la emite y a quien la utiliza, de manera expresa, por el tiempo que se realice.
La oferta podrá ser cancelada, para lo cual deberá:
ser difundida por medios similares a los usados para darla a conocer y,
antes que la aceptación llegue a quien hizo la oferta.
La aceptación de la oferta debe ser oportuna; si es tardía no tiene efecto.
La información:
Deberá expresarse en idioma español;
Si es contradictoria, se tendrá en cuenta la más favorable para el consumidor;
Incluirá el precio con impuestos, forma de pago, y las condiciones en caso de ofertas a crédito (ej. cantidad de cuotas) o con financiación (ej. tasa de interés).
Incluirá la forma de actualización de la prestación, intereses, adicionales por retrasos, gastos extras y lugar de pago.
OFERTA DE PRODUCTOS
Al ofertar productos se debe dar información clara sobre:
características
cantidad
calidad
garantía
procedencia
precio
forma de conservación y uso del producto
fecha de vencimiento y posibles riesgos para la salud o seguridad (si corresponde).
En cuanto a componentes y repuestos:
- los fabricantes e importadores, deberán asegurar la oferta mientras se fabrique o importe el producto; cuando ya no se fabrique o importe, su oferta deberá ser mantenida por el plazo que disponga la reglamentación;
- durante la vigencia de la garantía el proveedor deberá disponer de componentes y repuestos.
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OFERTA DE SERVICIOS
El proveedor deberá informar, en forma clara, según corresponda:
nombre y domicilio del proveedor
descripción del servicio a prestar
descripción de los materiales e implementos que se usarán, y el plazo de cumplimiento de la prestación
precio
posibles riesgos para la salud o seguridad
alcance y duración de la garantía
calidad, si corresponde.
¿El consumidor de servicios tiene derecho a solicitar presupuesto?
Sí. De acuerdo a la reglamentación de la Ley, el consumidor podrá solicitar en forma previa un presupuesto, y el proveedor deberá entregarlo, especificando como mínimo:
sus datos identificatorios
la descripción del trabajo a realizar
los materiales a utilizar
el precio (con impuestos incluidos) de los materiales y de la mano de obra
el tiempo en que se realizará el trabajo
plazo de validez del presupuesto (si no fija plazo regirá por 10 días corridos desde su entrega al consumidor).
No estarán a cargo del consumidor los gastos o incrementos no previstos en el presupuesto.
¿En qué casos el consumidor se puede retractar (arrepentir) de la adquisición de un producto o servicio?
Existe derecho de retracto cuando la oferta de productos o servicios se realice fuera del local de la empresa, por medio postal, telefónico, televisivo, informático o similar, o cuando la oferta de servicios se realice en locales preparados para ofrecer esos servicios.
¿Qué debe hacer el consumidor para ejercer su derecho a retractarse?
Deberá comunicarlo al proveedor en el plazo de 5 días hábiles desde que se formalizó el contrato o desde la entrega del producto. La comunicación se hará de forma que pueda comprobarse, como por ejemplo, por telegrama colacionado, fax, etc.
El consumidor deberá devolver al proveedor el producto sin uso, y el proveedor de inmediato deberá devolverle lo que pagó. Si la devolución genera costos, cada parte debe hacerse cargo de los mismos.
Si se utilizó tarjeta de crédito para el pago, el consumidor deberá comunicar a la emisora de la tarjeta el ejercicio del derecho de retracto.
Si se trata de un servicio, el consumidor sólo pagará la parte del servicio que le prestaron, y si pagó con anticipación, el proveedor le devolverá inmediatamente lo que pagó.
¿Cuáles son consideradas prácticas abusivas en relación a la oferta?
Entre otras:
Negar al consumidor la venta de un producto o el suministro de un servicio cuando sea posible hacerlo.
Desacreditar al consumidor por ejercer sus derechos como consumidor.
Fijar plazos desproporcionados para el cumplimiento de las obligaciones en perjuicio del consumidor.
Enviar, entregar o suministrar productos o servicios que no solicitó el consumidor. En este caso, los servicios o productos no deberán pagarse ni devolverse, considerándose que se trata de muestras gratis.
¿Qué requisitos debe cumplir la garantía de productos y servicios y qué información mínima debe contener?
Debe ser escrita, en forma clara, fácilmente comprensible y legible, e informar sobre su alcance.
Identificar a quien la ofrece y al fabricante, importador o proveedor del servicio.
Identificar en forma precisa el producto o servicio.
Establecer las condiciones de validez de la garantía, plazo y cobertura.
Establecer la dirección y teléfono de quien debe prestarla.
Condiciones de reparación del producto o servicio.
Costos que sean de cargo del consumidor.
Lugar y fecha de entrega del producto o de finalización del servicio.
El certificado de garantía debe ser entregado junto con el producto o al finalizar la prestación del servicio.
¿Qué establece la Ley sobre la publicidad?
Prohíbe la publicidad engañosa; los mensajes publicitarios no podrán contener información que pueda hacer caer en error al consumidor sobre las características, cantidad, origen y precio de los productos o servicios que se publicitan (ej. información falsa, incompleta, etc.).
La publicidad engañosa puede dar lugar a la aplicación de sanciones, a la suspensión de la publicidad, así como a la obligación de realizar contra publicidad.
¿Se permite la publicidad comparativa?
Se permite cuando:
se base en elementos objetivos para la comparación, y
pueda comprobarse.