Consultora especializada en temas de defensa de derechos del consumdor

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Consultoría sobre relaciones de consumo

miércoles, 2 de abril de 2014

Tener claro algunos conceptos ley 17250

Para entender la Ley 17.250 de Relaciones de Consumo, debemos tener claros algunos conceptos que en ella se mencionan:
1- ProductoEs todo bien mueble o inmueble, como por ejemplo electrodomésticos, medicamentos, alimentos y vestimenta
2- Servicio Es cualquier actividad remunerada como por ejemplo la conexión a Internet, la telefonía celular o fija, las tarjetas de crédito, el servicio de un abogado, medico o cualquier profesional y una larguísima lista de servicios existentes.
3- Sujetos de las relaciones de consumo
Proveedor: “Toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, privada o pública, y en este último caso estatal o no estatal, que desarrolle de manera profesional actividades de producción, creación, construcción, transformación, montaje, importación, distribución y comercialización de productos o servicios en una relación de consumo.”
Consumidor: “Toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza productos o servicios como destinatario final en una relación de consumo o en función de ella. No se considera consumidor o usuario a aquel que, sin constituirse en destinatario final, adquiere, almacena, utiliza o consume productos o servicios con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación o comercialización.
Relación de consumo Esta se establece cuando es necesario pagar un precio por un producto o servicio para consumo final. Como casos excepcionales, también se considera relación de consumo cuando a pesar de no haber un precio por el producto, este se recibe en forma gratuita incitándonos a consumirlo, un ejemplo puede ser las promociones de conexión a Internet por 30 días gratuitas, o cuando nos ofrecen una galletita en el supermercado para que la probemos.